Auditoria forense
ROL DEL CONTADOR / AUDITOR, EN LA APLICACIÓN DE
LA JUSTICIA
Contenido:
Reconstrucción de información de la Auditoria Forense
Enfoques de la Contaduría Forense
Investigaciones de Fraudes y de Entidades de Control
Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral
Evidencia de Auditoria y Evidencia Legal
Los objetivos que se plantearon en el proyecto de
investigación son los siguientes:
OBJETIVO GENERAL
Establecer la participación y el valor agregado del Contador
Público en la aplicación de Justicia.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
- Determinar los aspectos teóricos – legales que enmarcan la
contaduría forense.
- Describir la importancia que tiene la contaduría forense en cuanto a la aplicación de justicia.
- Señalar el desempeño que el contador público tiene en el campo de la contaduría forense.
- Determinar las cualidades y calidades profesionales que debe reunir el contador público para contribuir en la aplicación de justicia.
Por lo anterior presentamos a usted parte del trabajo
realizado para dar cumplimiento a los objetivos planteados, y para poder
culminar, necesitamos de las observaciones y aportes que nos pueda brindar.
RECONSTRUCCIÓN DE INFORMACIÓN DE LA CONTADURÍA FORENSE
Para el desarrollo de este capítulo se retomaran aspectos
tratados por varios autores como Miguel Antonio Cano, Dr. Danilo Lugo C., Ph.D.
Rene Mauricio Castro, Braulio Rodríguez Castro, Samuel Alberto Mantilla ,
Horacio Ayala Vela, Nelson Camargo, entre otros.
Historia
El término forense inicialmente se asocia con la medicina
legal y con quienes la practican, inclusive la mayoría de las personas
identifican este vocablo con necropsia (necro que significa muerto o muerte)
patología (ciencia médica que estudia las causas, síntomas y evolución de las
enfermedades) y autopsia (examen y disección de un cadáver, para determinar las
causas de su muerte).
Observando su taxonomía, el término forense corresponde al
latín forensis, que significa público y su origen
del latín forum que significa foro, plaza pública
donde se trataban las asambleas públicas y los juicios; por extensión, sitio en
que los tribunales oyen y determinan las causas; por lo tanto, lo forense se
vincula con lo relativo al derecho y la aplicación de la ley, en la medida en
que se busca que un profesional idóneo asista al juez en asuntos legales que le
competan y para ello aporte pruebas de carácter público para presentar en el
foro, en la actualidad, la corte.
La Contabilidad existe desde hace mucho tiempo, hoy su
protagonismo es indudable y la comunidad entera reconoce la importancia del
papel que juega en la sociedad y del largo camino que aún hay por recorrer, uno
de estos caminos es la Contaduría Forense (ó Auditoria Forense; llamada así por
algunos autores) de la cual su origen no es claro aún, pero se habla de que
está puede ser tan antigua que nace cuando se vincula lo legal con los
registros y pruebas contables. El Código de Hammurabi de Babilonia primer
documento legal conocido por el hombre en algunos de sus fragmentos da a
entender el concepto básico de contaduría forense: demostrar con documentación
contable un fraude o una mentira.
Está no tuvo trascendencia hasta el hecho histórico de los
años 30 de apresar a Al Capone, personaje dedicado a prácticas criminales y al
lavado de dinero, cundo un contador del departamento de impuesto se dedicó a
buscar pruebas, encontrando una gran cantidad de evidencia, como ejemplo el
libro de pagos, con el cual se pudo comprobar que el volumen de ventas superaba
la capacidad teórica del negocio de los lavadores, de hecho, el volumen de
ventas real y el volumen de ventas declarado iban lejanos. Con lo cual la
fiscalía pudo demostrar fraude en el pago de impuestos en Al Capone y en sus
lavadores y desmantelar la organización
Pero en esta época tampoco se dio el impulso suficiente a
esta rama de las ciencias contables el cual fue diferido hasta los años 70 y
80; cuando con el caso Watergate en 1972 se dio inicio al análisis del fraude
en los Estados Financieros, tan pronto como esté escándalo salió a la luz,
fueron reveladas una serie de actividades ilegales paralelas que dieron como
resultado la dimisión del presidente Richard Nixon y la formulación de una
acusación contra el presidente o algún alto funcionario del gobierno de Estados
Unidos. La Comisión Treadway de los Estados Unidos (Comisión Nacional sobre
Reportes Financieros Fraudulentos) dio un impulso y direccionamiento importante
frente al fraude administrativo y revelaciones financieras engañosas y algunas
de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA’s) emitidas por la Federación
Internacional de Contadores IFAC, se refieren al Fraude y error, a la evidencia
de auditoría, las consideraciones adicionales sobre partidas especificas, con
respecto a las revelaciones de los Estados Financieros, a la observación de inventarios
físicos, confirmación de cuentas por cobrar, indagación sobre litigios y reclamos.
La Declaración Estándar de Auditoria No. 53 (SAS 53/1988)
Responsabilidad del auditor por detectar y reportar errores e irregularidades,
es el primer estándar profesional de auditoría que identifica factores
específicos de riesgo que deben ser considerados por el auditor cuando valora
el potencial del fraude administrativo, y también es, la primera respuesta de
la profesión contable americana frente a las exigencias de la Comisión
Treadway, el cual fue reemplazado por el SAS No. 82 de 1.997 -Consideración del
Fraude en una Auditoria de Estados Financieros-, que considera veinticinco
factores de riesgo divididos en tres categorías: característica de la
administración e influencia sobre el ambiente de control, condiciones de la
industria y características de operación y estabilidad financiera
En los últimos años a raíz de las quiebras fraudulentas y
escándalos contables en Estados Unidos, como ejemplos el caso Enron, Worldcom y
Tyco, dieron como resultado que la Comisión de Valores de los Estados Unidos
SEC investigará a cientos de empresas, y que dentro de esta se creara un
organismo para supervisar los aspectos contables y de conflictos de interés; la
promulgación de la LEY USA PATRIOT en octubre 26 de 2001 para unir y fortalecer
a Norteamérica mediante mediante la provisión de herramientas apropiadas para
interceptar y destruir el terrorismo, esta ley aumento el tipo de delitos que
se consideran actos terroristas incluyendo los delitos tipificados en los
códigos penales y endurecen las penas por su comisión e incluye un incremento
de la capacidad para investigar los movimientos de dinero de organizaciones
terroristas enfocándose en la importancia que tiene tanto el origen de los
recursos como su destino; la aprobación de la LEY SARBANES OXLEY en julio 30 de
2002, la cual establece parámetros de auditoría como control de calidad e
independencia, servicios fuera del alcance de las prácticas del auditor
(actividades prohibidas), normas de contabilidad, responsabilidad corporativa,
informes, lineamientos para tratar el fraude corporativo y criminal, castiga
con rigor los crímenes de cuello blanco, la desconfianza del mercado bursátil a
nivel mundial; hechos han dado como efecto la especialización en cuestiones
legales e investigativas de la profesión contable en cuanto a Auditoria y el
incremento de la Contaduría Forense en Estados Unidos.
El reciente caso de fraude de Parmalat, ha llevado a la
Comisión Europea a establecer una directiva sobre auditorias la cual incluirá
un endurecimiento de la supervisión a nivel nacional de los auditores e
impulsará una estrecha colaboración entre las autoridades nacionales, así como
con terceros países. “Esencial para prevenir operaciones fraudulentas en varios
países como ha sido el caso Parmalat”, irregularidades empresariales que pueden
afectar a la economía europea y así mismo a la recuperación de la eurozona.
La contaduría forense entonces surge con los intentos de
detectar y corregir los fraudes en los estados financieros, su función inicial
es estrictamente económico-financiera, y los casos inmediatos se encuentran en
las peritaciones judiciales y las contrataciones de contables expertos por
parte de Bancos Oficiales; actualmente ha ampliado su campo de acción en la
medida que ha desarrollado técnicas específicas para combatir el delito y trabajar estrechamente
con la aplicación de justicia, en la cual el funcionario de la Rama
Jurisdiccional fundamenta sus decisiones en pruebas aportadas por peritos pero
estos
deben pasar a ser contadores forenses en el cual el producto de la contaduría forense es la prueba pericial contable especializada.
deben pasar a ser contadores forenses en el cual el producto de la contaduría forense es la prueba pericial contable especializada.
Durante los últimos diez años la contaduría forense se ha
desarrollado significativamente, siendo su base el sector público en el cual se
han desarrollado las mejores prácticas de este campo y un ejemplo de estas son
las Auditorias Gubernamentales que articulan procesos de investigación con el
de auditoría.
La contaduría forense es una de las áreas menos mencionada.
Sin embargo en el ambiente empresarial actual se está convirtiendo rápidamente
en uno de los campos más fascinantes y perentorios
>Definiciones
La contaduría forense es una ciencia que permite reunir y presentar información contable, financiera, legal, administrativa e impositiva, que provee de un análisis contable que será aceptado por la corte, ya que formará parte de las bases de la discusión, el debate y finalmente el dictamen de la sentencia contra los perpetradores de un crimen económico.
La contaduría forense es una ciencia que permite reunir y presentar información contable, financiera, legal, administrativa e impositiva, que provee de un análisis contable que será aceptado por la corte, ya que formará parte de las bases de la discusión, el debate y finalmente el dictamen de la sentencia contra los perpetradores de un crimen económico.
La contaduría forense es una disciplina especializada que
requiere un conocimiento experto en teorías contables, auditoria, técnicas de
investigación criminal. Es una rama importante de contabilidad investigativa,
utilizada en la reconstrucción de hechos financieros, investigaciones de
fraudes, cálculos de daños económicos y rendimientos de proyecciones
financieras.
La relación entre los términos contables y de auditoría con
lo forense se hace estrecha cuando se habla de pruebas y evidencias de tipo
penal, por lo tanto, se define inicialmente a la auditoria forense como una
auditoria especializada en descubrir, divulgar y atestar sobre fraudes y
delitos en el desarrollo de las funciones públicas y privadas. También estudia
los efectos de hechos que pueden ser delictivos o no, para aportar al juzgador
las pruebas en donde se involucran registros de contabilidad, pruebas
eminentemente técnico científicas, de suma importancia en la época actual de
pleno desarrollo científico de la investigación judicial
Esta disciplina es de carácter penal debido a su génesis de
orden procesal y penal, porque está considerada en el marco de las disciplinas
auxiliares penales y porque su aplicación
científica contribuye para conocer los hechos y llegar a la penalidades determinadas por los jueces. A la vez es auxiliar de la criminalística, no determina responsabilidades ni señala directamente penalidades, sino que realiza investigaciones para conocer los hechos y presentar pruebas respecto a su ejecución, desarrollo y consumación.
científica contribuye para conocer los hechos y llegar a la penalidades determinadas por los jueces. A la vez es auxiliar de la criminalística, no determina responsabilidades ni señala directamente penalidades, sino que realiza investigaciones para conocer los hechos y presentar pruebas respecto a su ejecución, desarrollo y consumación.
Objetivos o Campos de Acción
La contaduría forense se consideraba exclusiva como campo de acción en el sector público, pero en el sector privado, la sofisticación y velocidad que la globalización impone a los negocios y obliga a las compañías a prepararse con nuevos procedimientos y con la información adecuada para administrar los riesgos, utilizando para esto la contaduría forense que se ha convertido en muy poco tiempo en la gran esperanza para descubrir y para prevenir los más variados delitos
El rol principal de la contaduría forense hace relación a la
aplicación del análisis de hechos financieros a problemas legales, asistiendo a
las compañías en la identificación de las áreas claves de vulnerabilidad e
implicarse en las investigaciones y en los procedimientos legales.
El contador forense va más allá de la evidencia de auditoría,
de la seguridad razonable, evalúa e investiga al ciento por ciento, centrándose
en el hecho ilícito y en la mala fe de las personas, involucra por lo menos:
análisis, cuantificación de pérdidas, investigaciones, recolección de
evidencia, mediación, arbitramento y testimonio como un testigo experto. A
diferencia de la auditoria tradicional que se sustenta en la buena fe, en el
negocio en marcha y en la evidencia para obtener “seguridad razonable”. Por
esto los campos de acción del auditor forense son especializados y con
objetivos muy precisos.
La contaduría forense está orientada a las cortes (tribunales
de justicia) y para servir como fuente de evidencia para éstas, por lo cual lo
forense es entendido como la colectividad social en general; es de tipo
reactivo y está estrechamente vinculado con las acciones penales, por lo cual
el contador forense debe basarse en los procesos judiciales determinados en la
ley.
Para descubrir las irregularidades, el contador forense hace
las deducciones y relaciona las pistas descubiertas a los posibles motivos de
las personas comprometidas en el fraude, está interesado en lo oculto o en
revelar los aspectos de la evidencia examinada, busca descubrir peculiaridades
y modelos de actuación, no siempre sabe lo que está buscando o por qué sendero
particular debe seguir, pero debe confiar en su intuición o sospecha.
Se trata el tema de Auditoria
del Fraude ya que la
auditoria forense inicialmente se define como una auditoria especializada en
descubrir, divulgar y atestar sobre fraudes.
Fraude
Para empezar a hablar sobre este tema hay que aclarar que
forma parte de las clases de crímenes, los cuales son
1. Deslealtad o traición
2. Felonía (despojar al propietario de lo que por derecho le pertenece, sin su consentimiento o conocimiento)
3. Mala conducta
El Fraude es un fenómeno económico, social y organizacional,
aplicado a la contabilidad el fraude consiste en cualquier acto u omisión de un
acto de naturaleza dolosa y por tanto de mala fe, o de negligencia grave.
Entonces el fraude puede clasificarse como felonía o mala conducta criminal.
El fraude contable es llamado por algunos autores fraude
administrativo y se clasifica en dos grupos
1. Revelaciones Financieras Engañosas; en este sentido el Fraude Administrativo es definido como la presentación equivocada e intencional de cantidades o revelaciones en los estados financieros, con el propósito de engañar a los usuarios de los mismos.
2. Malversación de Activos; conjunto de prácticas no éticas
realizadas al interior de las organizaciones por parte de los directivos o
empleados, ya sea por presiones financieras externas, inequidades en el lugar
de trabajo ó laxitud moral general.
El fraude también se considera como las acciones impropias
resultantes de una declaración incorrecta o falsa de los estados financieros y
que hace daño a los accionistas o a los acreedores, las acciones impropias
resultantes en la defraudación del público consumidor, las malversaciones y
desfalcos cometidos por los empleados contra los empleadores y otras acciones
impropias.
Las razones para cometer el fraude según el “triangulo del
fraude” (denominado así por los sicólogos) son:
- Oportunidad, surge cuando los controles son débiles y/o cuando los individuos se encuentran en una posición de confianza.
- Presión de tipo financiero, para cumplir con los objetivos
- Racionalización, como todos los demás lo hacen, porque yo no lo hago
La Norma Internacional de Auditoria (NIA) 240 tiene como
propósito establecer normas y proporcionar lineamientos sobre la
responsabilidad del auditor de considerar el fraude y error en una auditoria de
estados financieros.
El auditor deberá documentar los factores de riesgo de fraude
identificados como presentes durante el proceso de evaluación así como
documentar la respuesta a cualquiera de dichos factores. Una auditoria está
sujeta al inevitable riesgo de que algunas manifestaciones erróneas que afectan
significativamente los estados financieros no sean detectados, aun cuando la
auditoria este planeada y desarrollada adecuadamente de acuerdo a las normas
internacionales de auditoría.
Varios autores afirman que el mejor método para evitar el
fraude es detenerlo antes de que ocurra, para lo cual es necesario crear
controles no solo de alerta sino en todos los niveles de la organización, el
propósito del control es preservar la existencia de cualquier organización,
apoyar su desarrollo y contribuir con los resultados esperados. Sin embargo hay
que tener presente que las actividades de prevención tienen que ser
proporcionales al riesgo que conlleva.
En los últimos años se han ido introduciendo importantes
cambios al concepto de Control Interno ampliándose primero a “controles clave”,
luego a “paquetes de control” y recientemente a “sistemas de control” y ahora
es toda una estructura y no un conjunto de reglas
La influencia de la sistematización en todos los ámbitos de
la vida humana, se ha constituido en una técnica necesaria de control de
extrema utilidad puesto que permite manejar una gran cantidad de variables y
sus relaciones, así como tecnificar y aprovechar los flujos de información. El
uso de tecnología de información tiene que estar integrado con las estrategias
organizacionales para identificar, entender y evaluar los riesgos, supervisar y
controlar el uso de esa tecnología dentro de la organización. El ambiente
electrónico presenta un conjunto diverso de sistemas complejos, discrepancias
en tiempo real y aplicaciones de alcance mundial por la Internet que es un
fenómeno irreversible que a la larga afectara en mayor o menor medida a todas
las personas como lo hizó la Revolución Industrial.
Pero a la vez la sistematización ofrece un rango de
oportunidades para el uso de software de auditoría interactivos y de técnicas
de auditoría asistidas por computador (TAAC) permitiendo ampliar la cobertura
del examen, reducir tiempo y costo de las pruebas, entonces, el problema radica
en cómo utilizar exitosamente estas técnicas, una base fundamental para su
solución es la aplicación de NIA No. 15 que trata la auditoria en un ambiente
de Procesamiento Electrónico de Datos (PED) y la NIA No. 16 Uso de las TAAC;
así como tener presente las recomendaciones internacionales para optimizar el
tiempo y el esfuerzo de revisión, disminuir el nivel de trabajo y garantizar
razonablemente la minimización del riesgo y así monitorear controles,
transacciones y analizar programas aplicativos en un sistema de información.
El riesgo es inherente a la naturaleza de los negocios, son
los factores, eventos o exposiciones, internas y externas, que amenazan el
logro de los objetivos. La administración debe determinar el nivel del riesgo
que es tolerable y esforzarse para mantener el riesgo dentro de esos niveles a
través de una genuina reestructuración del sistema de control interno y tener
presente que en todas las actividades se deben incluir la mayoría de los
riesgos probables como riesgos país, riesgos generales, riesgo de negocio,
riesgo de operación, riesgo de información, riesgo tecnológicos entre otros,
pero lo más importante es tipificar y medir el riesgo para que no se presenten
problemas con el control interno, ya que los controles se establecen para
reducir o eliminar las causas del riesgo.
El riesgo se agrega en una cadena de valor en términos
negativos, directamente relacionada con los índices de corrupción y además de
los errores, de las fallas. El Fraude parece ganar terreno en una cibernética,
facilita y permite universos insospechados y desconocidos, pero también nuevos
riesgos que se pueden calificar como tecnológicos y con mayores daños.
El riesgo está expresado como la variabilidad que
experimentan los beneficios generados por la empresa como consecuencia de la
incertidumbre asociada a la actividad desarrollada por la misma.
El SAS 99 -Consideración del Fraude en un Resumen de la
Intervención del Estado Financiero-, reemplaza al estándar anterior del fraude
SAS 82, el cual es eficaz para los estados financieros que se presenten a
partir de diciembre 15 de 2002 y trata en su contenido la descripción y
características del fraude, la importancia de ejercitar escepticismo
profesional, obtención de la información necesaria para identificar los
riesgos de la declaración errónea debido al fraude, evidencia y documentación
de la intervención, comunicación sobre el fraude a la gerencia y uno de los
cambios más grandes está en el área de desarrollar respuestas apropiados a los
riesgos identificados.
Pero la auditoria del fraude no es el único enfoque, porque
la contaduría forense ofrece una amplia gama de oportunidades dentro de la cual
se pueden identificar tres áreas que requieren profesionales especializados
como son la Contaduría investigativa, los peritajes y los procesos tributarios.
Enfoques de la Contaduría Forense
1. Contaduría Investigativa
La investigación es un proceso creativo compuesto por
distintas etapas dinámicamente interrelacionadas, las cuales van desde la
detección de una situación problemática, hasta la modificación socialmente útil
de dicha situación en la práctica El punto de partida es la información que
puede proceder de cualquier lugar, los medios y los métodos para identificarla
y obtenerla son tan diversos como los aspectos que se investigan.
Dadas las características de los delitos económicos, la
participación del contador es definitiva en la etapa previa, para realizar las
investigaciones y los cálculos que permitan determinar la existencia del delito
y en lo posible su cuantía para definir si se justifica el inicio de un
proceso, de igual manera, está, vinculada con los procesos penales. “El caso
más común es quizá el que tiene que ver con los fraudes basados en los
registros y soportes contables. Aquí la intervención del Contador Forense puede
variar, desde la cuantificación del fraude y el acopio de las pruebas, hasta la
participación como testigo, pasando por actividades tan diversas como el
desarrollo de aplicaciones sistematizadas para presentar la evidencia ante las
cortes.”
Dentro de esta área el profesional forense es llamado a
participar en actividades relacionada con:
] Investigaciones
de crimen corporativo
Estas investigaciones se relacionan con fraude contable y
corporativo ante la presentación de información financiera inexacta por
manipulación intencional.
- Fraudes empresariales
- Falsificación
- Lavado de Activos
- Pérdidas económicas en los negocios
-
] Disputas comerciales
En este campo, el contador forense se puede desempeñar como
investigador, para recaudar evidencia destinada a probar o aclarar algunos
hechos tales como:
- Reclamos por rompimiento o incumplimiento de contratos
- Disputas por compra y venta de compañías
- Reclamos por determinación de utilidades
- Reclamos por rompimiento de garantías
- Disputas por propiedad intelectual
- Disputas por costos de proyectos
- Discrepancias entre socios y accionistas
- Medición y Arbitraje
] Reclamaciones de seguros Cuando la responsabilidad corresponde
a la administración de las compañías.
- Reclamos por devolución de productos defectuosos
- Reclamos por destrucción de propiedades
- Reclamos por organizaciones y procesos complejos
- Verificación de supuestos reclamos
] Negligencia Profesional relacionada
con: -
Auditoria
- Contabilidad
- Ética
- Cuantificación de pérdidas causadas por negligencia
- Cubre todas las profesiones incluyendo: Contaduría, Medicina, Derecho Ingeniería
- Evidencia de expertos en Normas de Auditoria y de Contabilidad
- Asesoría a demandantes y acusados
] Valoración de: – Marcas
- Propiedad intelectual
- Valoraciones de acciones y negocios en general, incluyendo las compañías de Internet.
Investigaciones de Fraudes y de entidades de control. Dentro de estos podemos destacar los siguientes: – Investigaciones de las entidades de control para verificar conductas no éticas e imponer las sanciones pertinentes.
- Acusaciones civiles y criminales para demostrar la ocurrencia de hechos criminales.
- Investigaciones de Lavado de dinero o Legitimación de Capitales.
- Seguimiento y recuperación de activos desaparecidos por actividades criminales.
- Investigaciones de casos de corrupción y posterior comprobación de los hechos.
- Entrevista de testigos para determinar la veracidad de las pruebas o de los testimonios.
- Verificación del uso de la tecnología de la información.
- Comprobación de la evidencia de los expertos.
2. Peritajes
La actuación como perito dado su especial conocimiento y
experiencia en términos contables, cubre no sólo los procesos ante la justicia
ordinaria, en todas las ramas, sino los que se adelantan ante la justicia
alternativa y los de naturaleza especial, como los procesos ante las
autoridades tributarias.
El peritaje contable es un examen crítico y sistemático de hechos controvertidos de índole económico-financiero, a indagarse a través de la contabilidad y de la auditoria, circunscrito a las normas establecidas en el Código de Procedimiento Penal y Civil. Para que la participación del perito contador sea pertinente y se constituya en una ayuda, no basta con la preparación académica, también se requiere que haya alcanzado un desarrollo profesional y experiencia en las materias sobre las que deberá opinar, PERITO CONTABLE:
Es la persona que posee conocimientos técnicos, científicos,
prácticos y a la cual se acude en busca de dictamen, para que como asesor,
facilite al juzgador los conocimientos que sean necesarios o convenientes para
una mejor apreciación de los hechos controvertidos.
Los elementos de juicio y evidencias contables, constituyen la base fundamental de un peritaje contable, pues a través de su examen crítico y sistemático, el perito contador llegará a conclusiones que serán de ayuda, a quien lo solicite, en la compatibilización y evaluación de evidencias en torno a lo que investiga. Luego, en la medida que disponga de todos los elementos de juicio relacionados con el peritaje, su opinión tendrá la validez que el caso requiera.
Los elementos de juicio y evidencias contables, constituyen la base fundamental de un peritaje contable, pues a través de su examen crítico y sistemático, el perito contador llegará a conclusiones que serán de ayuda, a quien lo solicite, en la compatibilización y evaluación de evidencias en torno a lo que investiga. Luego, en la medida que disponga de todos los elementos de juicio relacionados con el peritaje, su opinión tendrá la validez que el caso requiera.
Entonces la contabilidad forense produce la prueba pericial
contable especializada, la cual se considera como un medio de aportar cierto
tipo de datos y pruebas de carácter público. El problema de la prueba (en
general), así como el de la evidencia (de auditoría) adquieren una dimensión
completamente nueva dado que son útiles en la medida que puedan ser aceptadas
en los estrados judiciales.
Los Contadores Públicos, como auxiliares de la justicia,
desarrollan peritazgos sobre hechos o eventos financieros de incidencia
económica que afectan los fondos públicos o privados, determinan las
actuaciones dolosas u omisiones de los funcionarios públicos o ejecutivos en el
ejercicio de sus responsabilidades, que determinan una responsabilidad del
actor culposo, aunque en esencia no esté dando fe pública, su responsabilidad
sigue siendo muy grande porque sus criterios y estimaciones deben estar
respaldados por la contabilidad y los hechos objetivos.
El Contador Público es auxiliar de la justicia en los casos
en que señala la ley, como perito expresamente designado para ello. También en
esta condición el Contador Público cumplirá con su deber teniendo las más altas
miras de su profesión, la importancia de la tarea que la sociedad le encomienda
como experto y la búsqueda de la verdad en forma totalmente objetiva.
En este caso hay que tener en cuenta una de las disciplinas
que tiene competitividad técnico científica en la investigación de los delitos,
el estudio científico de los indicios o evidencias materiales como lo es la Criminalística,
que proporciona información de vital importancia para encausar de manera
técnica cualquier investigación de algún hecho presuntamente delictuoso, a
efectos de aprobar o desaprobar cualquier aspecto cuestionado sobre el autor,
la víctima, el escenario del suceso, los agentes vulnerables utilizados, el
propio desenvolvimiento de los hechos y respecto a otros involucrados.
Procesos Judiciales
La participación del Contador Forense en los procesos no se
limita a la calidad de Perito. También puede ser llamado por una de las partes
(para que la asesore en la preparación y presentación de las pruebas o en los
cálculos destinados a cuantificar los hechos demandados) o incluso a los
jueces, en temas especializados, hasta la participación directa en la
recaudación de evidencia destinada a probar delitos. En este caso el contador
es requerido con base en su experiencia, sus conocimientos en las materias
especializadas que son objeto de discusión en los procesos, y su imagen y
trayectoria dentro de la comunidad.
Consultoría
Recaudación de pruebas
Recaudación de pruebas
La prueba pericial emerge con su perfil científico para
satisfacer y mostrar técnicamente la verdad histórica de la causa penal que se
sigue, cuando resulta necesaria la intervención de los expertos en diversas
ciencias, disciplinas, artes u oficios. La prueba pericial es de fundamental
importancia, ya que es útil a los órganos investigador y jurisdiccional;
mostrándole elementos útiles para tomar nuevas decisiones de acción al inicio y
durante el desarrollo de las investigaciones.
Testigo experto
El contador puede ser requerido para testificar sobre hechos
que son de su conocimiento o en los cuales ha tenido participación, así como
para colaborar en la interpretación de evidencia escrita o para tratar de
obtener esa evidencia de otros testigos.
3. Procesos Tributarios
Uno de los principales objetivos de la actividad financiera
es obtener los recursos para aplicarlos en la satisfacción de las demandas de
los servicios públicos hechas por la sociedad. La Administración Tributaria no
puede trabajar sola demostrando eficiencia si no cuenta con la participación de
los profesionales quienes manejan día a día las fuentes generadoras de ingresos
como son los contadores.
Los contadores públicos participan activamente en los
procesos tributarios, desde el mismo momento en que se genera la información
destinada a las entidades impositivas en los registros contables. Pero su
participación como Contador Forense se da cuando existen diferencias entre el
fisco y los contribuyentes sobre el valor de las sumas a pagar por impuestos o
sanciones.
Pero estas no serán las únicas áreas, ya que cada día se
descubren nuevos campos de trabajo donde el contador forense podrá
desempeñarse.
Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral
s un proceso sistemático, constructivo y profesional, que
mide y evalúa, acorde con las normas de auditoría gubernamental la gestión o
actividades de una organización, mediante la aplicación articulada y simultanea
de sistemas de control, con el fin de determinar con conocimiento y certeza, el
nivel de eficiencia en la administración de los recursos públicos, la eficacia
con que logra los resultados y su correspondencia entre las estrategias,
operaciones y propósitos de los sujetos de control, de manera que le permitan
fundamentar sus conceptos y opiniones, observando la entidad como un todo y en
relación con su propósito en el entorno e identidad en los sistemas a la que pertenece;
tiene en cuenta dos aspectos fundamentales sobre lo que debe ser la función
administrativa del gestor público; el primero hace relación a la mejor
utilización de recursos públicos por quienes tienen a cargo actividades propias
de su gestión y el segundo se fundamenta en que los funcionarios responsables
del gasto deben asegurar que sus decisiones involucren recursos en forma
económica, generen servicios eficientes y logren con eficacia y efectividad sus
objetivos.
Trata el Control Fiscal desde un punto tridimensional,
primero de prevenir o advertir, a través del desarrollo de las auditorias a las
entidades vigiladas sobre las fallas detectadas, segundo obligar a corregir
durante el desarrollo de la auditoria o a través de los planes de mejoramiento
que resulten, y finalmente, cuando no hay nada que hacer, acudir a un control
resarcitorio o indemnizatorio a través del proceso de responsabilidad fiscal.
La Auditoria Integral se basa en un proceso de comunicación
entre el auditor, la entidad y los que interactúan con la entidad en el entorno
con el propósito de:
- Evaluar la Gestión de las Organizaciones, lo que implica
analizar las actuaciones de la administración y su impacto, mediante una visión
de conjunto, teniendo en cuenta los propósitos de la organización auditada.
- Promover el mejoramiento continuo de las organizaciones,
donde, los resultados de la auditoria deben permitir una continua
retroalimentación para que la administración pueda emprender acciones
correctivas, en procura de lograr mayores niveles de eficiencia y eficacia.
- Promover la transparencia y adecuado uso de los recursos,
en procura de satisfacer las necesidades de la comunidad.
- Apoyar al Congreso, brindándole la información que le
permita ejercer el control político que le corresponde.
- Informar a la comunidad y vincularla al Control Fiscal, ya
que está es su principal cliente.
El auditor integral se constituye en el actor principal del
proceso auditor, sus características éticas y profesionales deben ser garantía
para la Contraloría, para el Estado y para la comunidad, en el momento de
emitir sus conceptos, opiniones y dictámenes frente a la gestión de los
administradores públicos.
El auditor de la CG es el representante más directo de la
comunidad en la vigilancia de sus recursos, por lo que debe conocer y
comprender integralmente la función del Estado. Para ello necesita ser un
observador riguroso y un explorador permanente de la excelencia, lo que le
exige una continua capacitación en su disciplina y en su rol de auditor,
adicionalmente debe poseer las cualidades y habilidades mencionadas
anteriormente en cuanto al contador forense.
Para llevar a cabo el ejercicio del control fiscal por parte
de la Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral se aplican sistemas de control
como el financiero, de legalidad, de gestión, de resultados, la revisión de
cuentas y la evaluación del control interno, la Contraloría puede implementar
otros sistemas de control siempre y cuando impliquen mayor tecnología, eficacia
y seguridad y sean adoptados mediante reglamento especial.
El concepto de Responsabilidad de Dar Cuenta, actualmente va
más allá de la tradicional Rendición de Cuentas y supera el examen numérico
legal, efectuado anteriormente por la Contraloría. La Responsabilidad de Dar
Cuenta es el deber legal y ético que tiene todo funcionario o persona de
responder e informar por la administración, manejo y rendimientos de fondos,
bienes y/o recursos públicos asignados y los resultados en el cumplimiento del
mandato que le ha sido conferido. La responsabilidad de rendir cuentas incluye
desde los representantes legales que rinden cuenta al público, hasta los
funcionarios que rinden cuenta a sus superiores. Es responder por la gestión,
mediante la ejecución, en tiempo real, del proceso de auditoría.
La Revisión, Análisis y Fenecimiento de la Cuenta se hace
mediante la aplicación de la Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral, cuyo
resultado se presenta en el dictamen del respectivo Informe.
El “fenecimiento”
es el acto por el cual se pone fin a la revisión de la cuenta rendida a la CG
por los sujetos de control. Si la CG encuentra que los resultados obtenidos en
el proceso de revisión sobre la gestión fiscal efectuada por el responsable, lo
conduce a expresar una opinión razonable y conceptos satisfactorios, el
pronunciamiento tendrá la connotación de fenecimiento.
En caso contrario, si como resultado de la auditoria la opinión sobre la razonabilidad de la información financiera o los conceptos de la administración, manejo y rendimiento de los fondos, bienes y recursos públicos asignados y cumplimiento de metas e impacto de sus resultados, no son satisfactorios se tendrá por no fenecida. El fenecimiento puede ser con o sin responsabilidad fiscal. En este último evento se abre paso un juicio fiscal.
El Sistema de Auditoria
1. Planeación,
2. Ejecución,
3. Informe y
4. Seguimiento
1. El Memorando de Encargo es el documento que informa,
activa y focaliza el proceso auditor, sirve para establecer parámetros de
medición frente al desarrollo de la auditoria.
2. La fase de Planeación tiene como objetivo asumir un conocimiento integral del sujeto de control, entender su negocio, entender los riesgos que enfrenta sus actividades principales y establecer las estrategias de trabajo.
Durante esta fase se determinan las técnicas de auditoría
definidas como los métodos prácticos de investigación y prueba que utiliza el
auditor para obtener la evidencia necesaria que fundamente sus opiniones y
conclusiones. Se clasifican generalmente con base en la acción que se va a
efectuar. Estas acciones verificadoras pueden ser oculares, verbales, por
escrito, por revisión del contenido de documentos y por inspección física.
Técnica Ocular
Consiste en verificar en forma directa y paralela la manera como los responsables de la administración desarrollan y documentan los procesos o procedimientos que la organización utiliza, para ejecutar las actividades objeto de control. Permite visualizar permanentemente la organización desde el punto de vista del auditor, como por ejemplo la estructura de la organización, sus directivos, sus instalaciones físicas, sus movimientos diarios o sus relaciones con el entorno.
Técnica Verbal
La técnica verbal se establece en obtener información mediante el dialogo con los integrantes de la organización o los de su entorno relevante, con el propósito de averiguar o indagar posibles debilidades de los procedimientos, prácticas de control interno y otras situaciones que el auditor considere importante en el desarrollo de su trabajo. Las evidencias que se obtengan a través de ésta técnica deben documentarse mediante papeles de trabajo preparados por el auditor debidamente soportado.
Técnica Escrita
Al utilizar la técnica escrita se debe registrar o plasmar información que a juicio del auditor sea importante dentro de su trabajo. Puede realizarse poniendo en práctica el análisis de aspectos que considere significativos o que afecten la gestión de la organización auditada; la conciliación para hacer una confrontación de la información obtenida de diferentes fuentes sobre un mismo tema; la circularización o confirmación la cual permite obtener un grado razonable de certeza sobre la existencia, cumplimiento, veracidad y autenticidad de planes y programas ejecutados, cobertura de usuarios, operaciones, cifras y datos, mediante el uso de diferentes medios.
Técnica Documental
Consiste en obtener información escrita que permita soportar las afirmaciones, análisis o estudios realizados por los auditores. Puede llevarse a cabo mediante la comprobación, es decir la verificación de la evidencia que apoya o sustenta una operación o transacción con el fin de corroborar su autoridad, legalidad, propiedad y veracidad; la computación es decir el análisis de documentos, datos o hechos asistidos por el computador y/o software especializados cuando hay gran cantidad de transacciones; la revisión analítica que comprende el análisis de índices, indicadores, tendencias y la investigación de las fluctuaciones, variaciones y relaciones que resulten inconsistentes o se desvíen de las operaciones proyectadas; o mediante la evaluación general de la entidad.
Técnica de Inspección Física
Es el reconocimiento real sobre hechos o situaciones dadas en tiempo y espacio determinados. La confiabilidad proporcionada depende de su naturaleza, fuente y eficacia de los controles internos y del procesamiento de la información.
3. La fase de ejecución constituye la parte central de la
Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral. Es aquí donde los auditores deben
concentrar su esfuerzo en la validación y análisis de datos, información, hallazgos,
hechos relevantes, obtención de evidencias, aplicación
de pruebas, generación de
debates y logro de consenso, para llegar a conclusiones válidas y soportadas
que finalmente permitirán trasladar hallazgos a otras instancias y conformar
integralmente el informe de auditoría.
El Hallazgo es un hecho suficientemente importante que se
debe resaltar y comunicar dentro del proceso auditor. Un hallazgo de auditoría
es algo que el auditor ha observado o encontrado durante el examen a la
información, casos, situaciones, hechos o relaciones específicos en ejecución
de la vigilancia fiscal, este puede ser positivo o negativo. La información que
sustenta el hallazgo debe estar disponible y desarrollada en una forma lógica,
clara y objetiva, en la que se pueda observar una narración coherente de los
hechos.
Los hallazgos positivos consisten en realizaciones o aciertos
convenientes o destacables para organización. Por el contrario, los hallazgos negativos,
son hechos irregulares, inconvenientes, perjudiciales, nocivos o dañinos para
el funcionamiento de la organización, contrarios a los principios que deben
regir la actuación del Estado y la gestión fiscal.
Los hallazgos negativos se clasifican en Administrativos, Fiscales, Disciplinarios y Penales. Los administrativos y fiscales son competencia de la Contraloría, los disciplinarios de la Procuraduría y los penales de la Fiscalía.
Los hallazgos negativos se clasifican en Administrativos, Fiscales, Disciplinarios y Penales. Los administrativos y fiscales son competencia de la Contraloría, los disciplinarios de la Procuraduría y los penales de la Fiscalía.
La determinación, análisis, evaluación y validación del hallazgo debe ser un proceso cuidadoso, para que éste cumpla con las características que lo identifican, las cuales exigen que el hallazgo deba ser:
1. OBJETIVO 1. Con fundamento en la comparación entre el criterio y la condición. 2. FACTUAL Basado en hechos y evidencias precisas que figuren en los papeles de trabajo. Presentados como son, independientemente del valor emocional o subjetivo. 3. RELEVANTE Que la materialidad y frecuencia merezca su comunicación e interprete el sentimiento de la percepción colectiva del equipo de trabajo. 4. CLARO Y PRECISO Afirmaciones inequívocas, afirmaciones libres de ambigüedades, contener posibilidades de confirmación o refutación, convincente para las personas que no han participado en la auditoria. 5. VERIFICABLE Que se pueda confrontar con hechos, evidencias o pruebas. 6. ÚTIL Contribuir a la eficiencia y eficacia en la utilización del recurso público, favorecer la racionalidad de la administración pública, tomar decisiones, que sirva al mejoramiento continúo de la organización. La Evaluación del Hallazgo se lleva a cabo mediante el análisis de Causa – Efecto, la materialidad, la responsabilidad y la obtención de evidencia.
Un aspecto a considerar por parte del auditor dentro del
proceso de auditoría, es la relación que existe entre las causas y los efectos,
es decir, que factores determinaron que se sucediera una situación o resultado
específico.
La atención que se preste a un hallazgo depende de la demostración que se haga de su importancia y está se juzga generalmente por el efecto (actual o potencial) que puede exponerse frecuentemente en términos cuantitativos. El análisis del auditor no solo debe incluir el resultado inmediato, sino los efectos colaterales, intangibles, de largo alcance u otros.
La mayor parte de la labor de auditoría se dedica a la obtención de la evidencia, porque ésta provee una base racional para la formulación de juicios. La evidencia de auditoría es el conjunto de hechos comprobados, suficientes, competentes y pertinentes que sustenta las conclusiones del auditor.
Evidencia de Auditoria y Evidencia Legal
Es fundamental diferenciar entre la evidencia
de auditoría y la evidencia legal. En el caso de que ciertos
resultados de la auditoria ameriten el inicio de procesos de responsabilidad
fiscal, penal o disciplinaria, la evidencia que se presenta en tal
circunstancia estará sujeta a las disposiciones referentes al material
probatorio para determinar responsabilidades, que en algunos casos, es muy
diferente de la evidencia de auditoría.
La Contraloría maneja algunos ítems para validar los
hallazgos como son:
- Determinar y evaluar la situación o asunto deficiente
- Identificar y valores responsables y líneas de autoridad
- Verificar y analizar las causas de la deficiencia
- Valorar el impacto y ocurrencia de la deficiencia
- Evaluar la pertinencia y suficiencia de la evidencia
- Comunicar el hallazgo a la entidad
- Validar el hallazgo
- Emitir conclusiones sobre el hallazgo
- Trasladar el hallazgo a las autoridades competentes
En la validación del hallazgo se valoran las pruebas
realizadas por el auditor, la evidencia que sustenta el hallazgo y las
opiniones de la entidad auditada, una vez validado y definido el tipo de
hallazgo se dará traslado a la administración y a la autoridad competente según
corresponda, independientemente del tipo de hallazgo.
El auditor debe diferenciar y separar los hallazgos que
solamente se refieran a recomendaciones a fin de que la administración optimice
su gestión, de aquellos que son generadores de un presunto daño económico, con
el fin de evaluar la clase de responsabilidad de la administración de la
entidad.
La evaluación de hallazgo puede conllevar a que esté tenga
alcance fiscal por existir presuntamente un detrimento patrimonial, pero
igualmente puede ser considerado como hallazgo disciplinario si se comprueba la
violación a las normas que regulan las operaciones de la entidad auditada y
finalmente, el hallazgo puede ser de tipo penal cuando se presuma la existencia
de conductas que violan las normas que tipifican los delitos de esta
naturaleza.
Al tipificar el hallazgo como fiscal, por no ser desvirtuados
los hechos, se dará en consecuencia traslado a la Contraloría Delegada de
Investigaciones y Juicios Fiscales, con la totalidad de las pruebas allegadas,
incluida la respuesta de los afectados. Este traslado lo hará el Director de
Vigilancia Fiscal en el nivel central o el Coordinador de Gestión.
Cuando ya se ha proferido auto de apertura del proceso de
responsabilidad fiscal se podrán realizar las siguientes actuaciones:
- Ordenar y practicar pruebas técnicas como peritaciones,
inspecciones, reconocimiento de documentos y objetos, y “realizar
actividades de inteligencia” como
recolección, registro e interpretación, análisis y difusión de la información.
Cuando se determine, en consenso, que el hallazgo por su
importancia y materialidad requiera mayor análisis probatorio acompañado de
peritazgos especiales e incluso de la participación de la Policía Judicial, se
solicitará el inicio de la indagación preliminar dentro del proceso auditor.
La indagación preliminar es el conjunto de actuaciones
pre-procésales que tienen por objeto determinar si hay lugar o no al ejercicio
de la acción fiscal para practicar y recaudar pruebas e información con
relación a la identidad de los presuntos responsables fiscales y sus bienes.
Si no existe certeza sobre la ocurrencia del hecho, la causación del daño patrimonial con ocasión de su acaecimiento, la entidad afectada y la determinación de los presuntos responsables, podrá ordenarse Indagación Preliminar, la cual culminará con el archivo de las diligencias o la apertura del Proceso de Responsabilidad Fiscal”.
Si no existe certeza sobre la ocurrencia del hecho, la causación del daño patrimonial con ocasión de su acaecimiento, la entidad afectada y la determinación de los presuntos responsables, podrá ordenarse Indagación Preliminar, la cual culminará con el archivo de las diligencias o la apertura del Proceso de Responsabilidad Fiscal”.
Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y
Jurisdicción Coactiva.
Dirección de Investigaciones Fiscales
Dirección de Investigaciones Fiscales
Grupo Especial de Indagaciones Preliminares Especiales adscrito al despacho del Contralor General.
Contralorías Delegadas Sectoriales
En la Indagación Preliminar son admisibles todas las pruebas
y diligencias consagradas en el Código de Procedimiento Civil y Código de
Procedimiento Penal.
Estipula que las actuaciones adelantadas durante la
indagación preliminar y el proceso de responsabilidad fiscal son reservadas
hasta su culminación. En consecuencia, hasta no terminarse el proceso de
responsabilidad fiscal, ningún funcionario podrá suministrar información, ni
expedir copias de piezas procesales, salvo que las solicite autoridad
competente para conocer asuntos judiciales, disciplinarios o administrativos.
Se tipifica el hallazgo como disciplinario cuando los
servidores públicos y los particulares que transitoriamente ejerzan funciones
públicas han incurrido en alguna conducta que la legislación tipifica como
falta disciplinaria. Frente a este se deberá dar traslado a la Procuraduría
General de la Nación por el Contralor Delegado en el Nivel Central y por el
Gerente Departamental en el Nivel Departamental, que se encarga, de determinar
si existe responsabilidad disciplinaria por parte de las personas que
incurrieron en las conductas tipificadas como conductas disciplinarias.
Frente al hallazgo penal, el auditor deberá dar traslado a la Fiscalía General quien
se encargará de determinar si existe responsabilidad penal por parte de quienes
realizaron los hechos punibles y se hará por parte del Contralor Delegado o
Gerente Departamental respectivo.
. Es la encargada de investigar los delitos, calificar los
procesos y acusar(no juzgar) ante los jueces y tribunales competentes a los
presuntos infractores de la ley penal, ya sea de oficio o por denuncia.
La Fiscalía desempeña un papel trascendental dentro de la
estrategia integral del Estado para combatir el poder económico de la
delincuencia organizada, con especial énfasis en la lucha contra aquellas
conductas destinadas al lavado de activos, relacionadas con actividades propias
de la delincuencia organizada.
Esto significa que la labor de la Fiscalía, además de
investigar los delitos originales, en especial aquellos más rentables para las
organizaciones criminales, también está dirigida a erradicar la acumulación de
capital mal habido, con el propósito de desestimular su ejecución y prevenir
así su comisión.
Investigaciones Preliminares
Primero que todo se lleva a cabo una Investigación
Preliminar, la cual realiza antes de iniciar formalmente un proceso y tiene
como objetivo fundamental establecer si se cometió o no el delito y quiénes son
los presuntos autores o partícipes (tienen valor probatorio ante la Fiscalía y
el juez competente, los resultados de las indagaciones preliminares adelantadas
por la Contraloría).
Una vez verificada esta situación, se abre formalmente la investigación penal, luego, se sigue con la etapa en la que se investiga cómo se llevó a cabo el delito (recolección de pruebas), las circunstancia de su comisión y se determina la probable responsabilidad de quienes aparecen como sus autores o partícipes; una vez recopiladas todas las pruebas, se cierra el proceso y se procede a calificarlo.
La calificación consiste en una evaluación de las pruebas que
hace la Fiscalía y con base en la cual se determina si existen pruebas que den
cuenta del delito cometido y que comprometan la responsabilidad del procesado.
En caso positivo, la Fiscalía profiere resolución de acusación, decisión con la
cual acusa a los procesados ante los jueces y tribunales competentes.
1. La fase del informe es el producto del proceso auditor. De
su adecuada redacción y clara presentación depende que el esfuerzo realizado
produzca el efecto deseado de contribuir a mejorar la gestión fiscal.
El Informe debe caracterizarse por un lenguaje sencillo y
claro de tal forma que pueda ser entendido por terceras personas que no sean
auditores, adicionalmente debe ser preciso, oportuno, objetivo, conciso y
soportado.
2. La fase de seguimiento, es la última fase del proceso de
Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral, permite verificar si la entidad
auditada ha corregido las deficiencias detectadas por el Organismo Superior de
Control y le ha dado cumplimiento al Plan de Mejoramiento suscrito por el
Representante del Sujeto o Punto de Control.
El Seguimiento debe efectuarse sobre los hallazgos
presentados en el informe de la última auditoría practicada y sobre los cuales
la entidad elaboró y presentó el respectivo Plan de Mejoramiento, de manera
cuantitativa y cualitativa.
La Contraloría a través de la respectiva Contraloría
Delegada, iniciará el correspondiente Proceso Administrativo Sancionatorio, si
los compromisos adquiridos por parte de la entidad auditada no se han cumplido
con la realización de actividades tendientes a implementar el respectivo plan
de mejoramiento con el fin de establecer responsables y sanciones por el
incumplimiento.
Las evidencias en la
auditoría
Las evidencias son un elemento clave en una auditoría, razón
por la cual el auditor le debe prestar especial atención en su consecución y
tratamiento.
La auditoría tiene como objetivo evaluar los diferentes
procesos e identificar las posibles falencias y errores que estén sucediendo,
hallazgos que naturalmente deben estar soportados con evidencias válidas y
suficientes.
Cuando se emite un informe de auditoría, se reseñan los
aspectos positivos y negativos identificados en la auditoría, y cualquiera sea
el caso, los hechos y situaciones planteados en el informe deben estar
soportados.
Las evidencias recobran mayor y especial importancia, cuando
lo reportado en el informe de auditoría trata sobre hechos irregulares
encontrados en el proceso de auditoría, por lo que con mayor razón deben estar
suficientemente respaldados por evidencias, documentos y pruebas que garanticen
la veracidad de lo informado.
No hay que perder de vista que del informe de auditoría puede
derivar serias decisiones por parte de las directivas de la empresa, decisiones
que no pueden estar basadas en hechos que no fueron debidamente comprobados,
puesto que ello podría derivar situaciones negativas para la empresa.
Supongamos que por ejemplo al realizar una auditoría se
detecta un posible fraude, hecho que se reporta en el informe, y
con base a ello la empresa decide despedir a los responsables o implicados en
posible fraude según el informe de auditoría, pero luego resulta que el fraude
no existió o que quienes lo cometieron no fueron los despedidos, y en
consecuencia se pueda configurar un despido injustificado que acarrea un costo
económico enorme a la empresa por concepto de indemnizaciones.
Una situación similar pude suceder por no disponer de
evidencias contundentes que respalden el informe de auditoría.
El auditor debe ser muy profesional y responsable a la hora
de valorar los hechos y las evidencias antes de emitir un informe que será la
base para la toma de decisiones.
En la auditoría no se puede cometer el error de informar un
hecho irregular que no existe, u omitir informar un hecho irregular que
si existe, situación que se evita si el trabajo de auditoría se basa en
evidencias claras, contundentes y pertinentes.
Marcas de auditoria
Concepto y definición.
Las marcas de auditoría son aquellos símbolos convencionales que el auditor adopta y utiliza para identificar, clasificar y dejar constancia de las pruebas y técnicas que se aplicaron en el desarrollo de una auditoria. Son los símbolos que posteriormente permiten comprender y analizar con mayor facilidad una auditoria.
Objetivos de las marcas de auditoría.
Entre los objetivos de las marcas de auditoría tenemos:
1. Dejar constancia del trabajo realizado.
2. Facilitar el trabajo y ayudar a que se aproveche al máximo el espacio de la cédula, pues evitan describir detalladamente las actividades efectuadas para la revisión de varias partidas.
3. Agilizar la supervisión, ya que permiten comprender de inmediato el trabajo realizado.
4. Identificar y clasificar las técnicas y procedimientos utilizados en la auditoria.
Clasificación de las marcas de auditoría.
Por las características especiales de cada una, las marcas de auditoría pueden ser de dos tipos:
Marcas de auditoría estándar.
Las marcas estándar se utilizan para hacer referencia a técnicas o procedimientos que se aplican constantemente en las auditorias y son interpretadas de la misma manera por todos los auditores que las emplean. Son de utilización y aceptación general.
Marcas de auditoría específicas.
Las marcas específicas no de uso común; en la medida en que se adopten deberán integrarse al índice de marcas correspondiente y señalarse con toda claridad al pie o calce de los papeles de trabajo. Estas dependen de cada auditoria específica y según el usuario. No son las mismas marcas en una empresa que en otra, ni son las mismas en un tipo de auditoría que en otro.
Ejemplo de marcas de auditoría.
A manera de ejemplo, se incluyen los siguientes símbolos con
sus respectivos significados o descripciones:

¿A la Contabilidad Forense conviene llamarla Auditoria Forense?
·
No. La contabilidad forense no debe llamarse
auditoria forense. La auditoria forense es simplemente un campo de aplicación
de la contabilidad forense. Un contador forense puede ser auditor forense, pero
un auditor si no está certificado como contador público no puede ser un
contador forense.
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