INDICE
AGRADECIMIENTO
DEDICATORIA
INTRODUCCION
CAPITULO DE INTRODUCCION
1. TEMA i
2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
ii
3. FORMULACION Y SISTEMATIZACION
iv
4. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION
4.1 OBJETIVO GENERAL v
4.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS v
5. JUSTIFICACION vi
CAPITULO I
MARCO DE REFERENCIA
1.1.
MARCO
TEORICO 1
1.2.
MARCO
CONCEPTUAL 4
CAPITULO
II
2.ASPECTOS METODOLOGICOS
2.1 TIPOS DE INVESTIGACION 7
2.2- METODOS DE INVESTIGACION
8
2.3- FUENTES DE INFORMACION
2.3.1-FUENTES PRIMARIAS 9
2.3.2- FUENTES SECUNDARIA
9
CAPITULO
III
RESEÑA
HISTORICA DE LA AUDITORIA FORENSE.
3.-
ANTECEDENTE DE LA AUDITORIA FORENSE 10
3.1 CAUSAS Y ORIGEN DE LA AUDITORIA FORENSE
13
3.2.- AUDITORIA GUBERNAMENTAL 15
3.3.- TIPOS
DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL 17
3.3.1.- AUDITORIA FINANCIERA 17
3.3.2.- AUDITORIA DE
GESTION 18
3.3.3.- AUDITORIA ESPECIAL 19
3.4..-
RESEÑA DE LA CORRUPCION
GUBERNAMENTAL EN LOS AYUNTAMIENTOS 20
3.4.1- PLAN DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCION 22
3.5.- NORMAS INTERNAS DE AUDITORIA
GUBERNAMENTAL
(NIAGU) 23
3.6.-
NORMAS RELATIVAS A LA PLANIFICACION DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL 25
3.7.-
NORMAS RELATIVAS A LA EJECUCION DE LA AUDITORIA 28
3.8.-
NORMAS RELATIVAS AL INFORME DE AUDITORIA 29
3.9.- ORGANISMOS
DE FISCALIZACION DEL ESTADO 30
3.9.1.- CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 30
3.9.1.1- POLÍTICA DE LA INSTITUCION 32
3.9.1.2 FUNCIONES 32
3.9.2.- LA CAMARA DE CUENTAS DE LA REPUBLICA 34
3.9.2.1 FUNCIONES PRINCIPALES 34
CAPITULO IV
ETAPAS DE
APLICACION DE LA AUDITORIA FORENSE
EN EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX.
4.- GENERALIDADES DEL AYUNTAMIENTO
MUNICIPAL
XX
39 4.1- CONTABILIDAD MUNICIPAL 41
4.2-
AUDITORIA MUNICIPAL 42
4.2.1.CARACTERISTICA 42
4.3.-
PLANIFICACION PARA LA APLICACION DE LA
AUDITORIA FORENSE EN EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX.
44 4.3.1.- EL AUDITOR O
INVESTIGADOR 45
4.3.2-
AUDITORIA FORENSE EN LOS EXPEDIENTES 47
4.3.3.-
INVESTIGACION FORENSE 48
4.3.4.-
RECOPILACION DE PRUEBAS Y EVIDENCIAS
49
4.4.-
ETAPAS DE APLICACION DE LA AUDITORIA
FORENSE 51
4.4.1.-
EVALUACION PRELIMINAR DEL CONTROL INTERNO 51
4.4.2.- PLANEACION 53
4.4.3.- ELABORACION
PAPELES DE TRABAJOS 57
CAPITULO V
INFORME Y
APORTES DE LA AUDITORIA FORENSE DEL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX.
5.1- INFORME 61
5.2.-APORTES 71
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFIA
ANEXO
INTRODUCCION
La
administración pública en América Latina carece en general de una adecuada
información contable que permita la
evaluación y toma de decisiones
oportunas, esto ha posibilitado la
presencia del flagelo de la corrupción en gran parte de los gobiernos de esta
región, lo cual amenaza su desarrollo económico.
En
la búsqueda de herramientas que apoyen el fortalecimiento de las instituciones
públicas, procurando disuadir las prácticas deshonestas, promoviendo la
responsabilidad y la transparencia fiscal, surge la auditoría forense revisión realizada para lograr objetivos que
impliquen una determinación judicial, antes supuestos actos dolosos o fraudulentos,
imponiendo la aplicación de técnicas,
procedimientos específicos o alternativos y normas de auditoría que permitan
obtener evidencia de apoyo al Poder Judicial.
El
desarrollo del trabajo de investigación sobre esta nueva temática, adjunta un
modelo práctica encaminado a contribuir con un control eficiente sobre el
cumplimiento del uso eficaz del los recursos del Estado, el Ayuntamiento
Municipal XX institución descentralizada que recibe ingresos del gobierno
central e ingresos propio, dada la magnitud de dichos recursos debe ser
administrados de forma racional para garantizar la prestación de un servicio
adecuado a la sociedad.
El tipo de investigación utilizado es el exploratorio
porque plantea las bases para desarrollar una investigación con mayor rigor
científico y que en su contenido, tiene pocos antecedentes en cuanto a su
modelo teórico o a su aplicación práctica.
Esta investigación constará de cinco capítulos. El
capítulo introductorio con la definición del tema de investigación, el planteamiento
del problema, formulación y sistematización del problema, objetivos general y
específicos y la justificación. El capítulo número uno contiene el marco teórico y marco conceptual.
El capítulo dos los aspectos metodológicos que comprende tipo de
investigación, método y fuentes. Capítulo tres antecedentes y causas de
surgimiento de la auditoría forense.
Capítulo cuatro etapas aplicación práctica de la auditoría y el capítulo
cinco el informe y los aportes de la misma.
1.- TEMA
La Auditoría Forense como un nuevo proceso de
Fiscalización, Control e Investigación contra la Corrupción en el Sector
Gubernamental.
(Caso Ayuntamiento Municipal XX Año 2000).
2.- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
“El Doctor Balaguer, Cuando no era Presidente admitió
que durante sus 12 años de gobierno (1966-1978) hubo cerca de 300 personas que
se hicieron millonarias utilizando recursos y la influencia de sus funciones
dentro del aparato estatal.”[1]Los
estamentos gubernamentales dominicanos están afectados por la corrupción de una
manera alarmante, causando el enriquecimiento ilícito de funcionarios y el
deterioro del patrimonio público, que se presenta mayormente en la pérdida de
bienes estatales y el aumento en la carga de la deuda pública.
Este
acontecimiento se debe a las
debilidades de control interno que suelen existir en algunas instituciones
públicas. “Esto ligado a la impunidad hasta ahora mostrada por la justicia,
como efecto parciales de la corrupción son la deslegitimación del sistema
político, la distorsión de los incentivos económico, la deficiencia en los sistemas contables, la
mala distribución de las asignaciones de
los recursos, la destrucción de la ética profesional y el descrédito del Estado han impedido que la
administración de los bienes públicos
funcionen con eficiencia.”2
La auditoría forense como un nuevo proceso de control
contra la corrupción en el sector Gubernamental investiga casos de fraudes para
aportar evidencias legales. Las etapas de la auditoría forense serán aplicadas
al Ayuntamiento Municipal XX, como entidad autónoma, ya que este tipo de
institución no escapa del flagelo de la corrupción, teniendo debilidades
estructurales y del control interno, que crean las base para que los
funcionarios públicos puedan apropiarse de los recursos que corresponden a la
comunidad o municipio que demandan: servicios, obras civiles, ampliación y
conservación del medio ambiente.
La aplicación de la auditoría en el Ayuntamiento
Municipal XX, debe garantizar que la ejecución de trabajo del auditor en base a
su juicio profesional y en observancia con las normas aplicables, ejerza su
labor en los casos de evidencia, para documentar un informe con el sustento
técnico y legal para que se efectúan acciones pertinentes en forma inmediata en
las instancias correspondientes.
La emisión del informe, no exime al auditor de su
obligación de recomendar medidas inmediatas, en cautela de la recuperación del
patrimonio del Estado. Para disminuir la corrupción se hace necesario una Auditoría Forense que permita combatir este
fenómeno a través de técnica de
investigación profundas que admitan descubrir y desenmascarar a los
funcionarios públicos corruptos para que sean castigados por medio a la
justicia, de este manera es posible disminuir
la continuidad de los actos fraudulentos.
3.-FORMULACION
DEL PROBLEMA
¿En que contribuye la Auditoría Forense como un nuevo
proceso de fiscalización, control e investigación contra la corrupción en el
sector gubernamental.
SISTEMATIZACION
DEL PROBLEMA
1.- ¿Cuales
acontecimientos dieron origen a
la auditoría forense?
2.- ¿Cómo identificar las distintas etapas del proceso de Fiscalización, Control e Investigación de la Auditoría
Forense en el Ayuntamiento Municipal XX?
3.- ¿Cuál sería la estructura del enfoque de auditoría
forense al Ayuntamiento XX?
4.- ¿Cómo contribuye la Auditoría Forense a preservar
el patrimonio del Estado Dominicano?
4.1
OBJETIVO GENERAL
Analizar
la auditoría forense como un proceso de fiscalización, control e investigación
contra la corrupción en el sector Gubernamental, Ayuntamiento Municipal XX Año
2000.
4.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS
Describir las distintas causas que dieran origen a la Auditoría Forense.
Identificar las distintas etapas de todo el proceso de Fiscalización,
Control e Investigación de la Auditoría Forense en el Ayuntamiento
Municipal XX.
Elaborar el informe de la Auditoría Forense aplicado al Ayuntamiento
Municipal XX.
Plantear los aportes de la Auditoría Forense en la preservación del
patrimonio gubernamental dominicano.
5.- JUSTIFICACIÓN
Actualmente
se observa en el país un amplio movimiento contra la corrupción, como es la
creación del Departamento de Prevención Contra la Corrupción, según Decreto No.
322-97, este tipo de actividades resultan positivas y deben ser estimuladas, la
sociedad dominicana esta conciente de la corrupción en el Sector Gubernamental,
por lo tanto exige que se tomen medidas efectivas para castigar a los
culpables. Hasta el momento las pruebas
que aportan las auditorías Gubernamentales tradicionales no son suficientes y
la impunidad se manifiesta en la cantidad de millonarios que deja cada partido
que toma el poder, este tipo de acontecimiento dan origen a una técnica de
auditoría mas especializada denominada
Auditoría Forense.
La
profesión de la contaduría tiene un nuevo modelo de Auditoría Gubernamental que
contribuye con el adecuado control y
usos de los recursos del Estado, razón por la cual se considera oportuna esta
investigación, que conlleva la aplicación de las etapas de la Auditoría Forense.
Con esta
investigación se da a conocer la auditoría forense, presentando un informe
acorde con las normativas de esta auditoría que puede ser aplicada no solamente
en el sector público, sino que también en sector privado. De esta forma ambos
sectores pueden prevenir y sancionar los actos de corrupción.
La
Auditoría Forense como sistema de control e investigación provee de las evidencias necesarias para
enfrentar los delitos cometidos por funcionarios y empleados del sector
gubernamental, de esta forma se
controlaran los múltiples fraudes cometidos en perjuicio del desarrollo del
país.
Como estudiantes de la carrera de contabilidad se tiene el conocimiento
necesario para abogar el tema planteado, ya que en la preparación académica
profesional se aprenden las pautas fundamentales para llevar a cabo una
auditoría. Por consecuencia la auditoría forense ha sido seleccionada porque es la menos conocida y que tiene más
urgencia en ser aplicada.
CAPITULO I
MARCO DE
REFERENCIA
MARCO DE REFERENCIA
1.1 MARCO TEORICO
La participación de la Contaduría Pública, mediante el
ejercicio especializado en descubrir, evaluar y divulgar el flagelo de la corrupción encamina a buscar
alternativas como la auditoría forense, para eficientizar el cumplimiento en el
desarrollo de las funciones públicas, conforme a normas y reglas.
“ La Auditoría Forense es una alternativa para combatir
la corrupción, porque permite que un experto emita ante los jueces conceptos y
opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor
certeza, especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión fiscal, de
esta manera se contribuye, a mejorar las
economías de nuestros países y por tanto el bienestar de todos nuestros pueblos
hermanos.”3
“La Transparency International en su informe del 28 de
junio de 2001, el cual nos informa que Colombia pasa del puesto 11 al 50 en
corrupción, lo cual nos muestra la importancia de esta auditoría, según la
experiencia Colombiana, con la creación de un instituto descentralizado con
personal técnico y una variedad de profesionales en los cuales podemos destacar
los fiscales, jueces, policía judicial y demás autoridades combaten la
corrupción con mejores herramientas y pruebas, como queda evidenciado en el
informe citado anteriormente”.4
“El control
interno abarca el plan de organización y los métodos coordinados y medidas
adaptadas dentro de la empresa para salvaguardar sus activos, verificar la
adecuación y confiabilidad de la información contable, promover la eficacia
operacional y fermentar la adherencia a la políticas establecidas por la
dirección. El control interno se divide en dos grandes grupos que son: Control Interno
Administrativo y Control Interno Contable.”5
“Al conocer
el control interno, los auditores también pueden obtener evidencias sobre la
efectividad de operación de los diversos controles. Esta efectividad esta relacionada con la
forma como se aplica un control, la consistencia con la cual se aplica y quien
aplica el control.
La
distinción entre saber que un control ha sido puesto en operación y obtener
evidencia sobre su efectividad es importante.
Para planificar apropiadamente la auditoría, se exige a los auditores
determinar si se ha aplicado los controles principales”[2].
El Dr. Castillo, Marino
Vinicio en su participación en el Congreso del Instituto de Contadores Públicos
Autorizados de la Rep. Dom (ICPARD),
ante la pregunta de un asistente al panel de cuál es la forma para
combatir
o detener la corrupción,
contestó “…Sólo creo en el castigo penal y cuanto más alto más efecto tiene”.[3]
“Con frecuencia se considera
que las auditorías se clasifican en cuatro grandes categorías:
1.- Auditoría de Estados
Financieros
2.- Auditoría de Cumplimiento
3.- Auditoría Operacionales
4.-Auditoría Integral
Dentro de esta última señala
la importancia de la Auditoría Forense, para prevenir los actos de corrupción
en los sectores público y privado”.[4]
La auditoría forense ante la
existencia de supuestos actos dolosos o fraudulentos, impone la aplicación de
técnicas, procedimientos específicos o alternativo y normas de auditoría
generalmente aceptadas que permitan obtener evidencia de apoyo al Poder
Judicial.
1.2 MARCO CONCEPTUAL
§ Apropiación de bienes públicos: es todo aprovechamiento indebido de bienes o fondos
que pertenecen a una institución o a terceros y a los cuales se ha tenido
acceso gracias a las funciones que desempeña el individuo.
§ Auditoria: Rama o especialidad de la
contabilidad, que se encarga de la verificación, corrección de la informaciones
financieras y evalúa la gestión administrativa.
§ Auditoría Forense: es una alternativa para
combatir la corrupción, porque permite que un experto emita ante los jueces
conceptos y opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar
con mayor certeza, especialmente en lo relativo a la vigilancia de la gestión
fiscal.
§ Auditoría Gubernamental: es el examen profesional, objetivo, independiente,
sistemático, constructivo y selectivo de evidencias, efectuado con
posterioridad a la gestión de los recursos públicos, con el objeto de
determinar la racionabilidad de la información financiera, el grado de
cumplimiento de los objetivos y metas, así como respecto de la adquisición,
protección y empleo de los recursos.
§ Ayuntamiento Municipal: Están conformadas por las provincias y están
compuestos por familias que establecidas en un mismo territorio se unen por
costumbres, tradiciones y sentimientos comunes, luchan por unos mismos
objetivos y defienden iguales intereses.
§ Control interno: Son los procedimientos que adopta una entidad para salvaguardar sus
activos, asegurar la exactitud en los registros contables y cumplir con las
normas y políticas de la institución.
§ Corrupción: Consiste en el mal uso de un
cargo o función con fines no oficiales y se manifiesta de las siguientes
formas: el soborno, la extorsión, el tráfico de influencia, el nepotismo, el
fraude, el pago de dineros a los funcionarios del gobierno para acelerar
trámites de asuntos comerciales que correspondan a su jurisdicción, pagos de
dinero para demorar u omitir trámites o investigaciones y el desfalco, entre
otros.
§ Fiscalización: Función de control que ejercen ciertos órganos estatales sobre la
actividad administrativa de comprobar que los ingresos y gastos públicos se
ajustan a lo descrito en los presupuestos del Estado.
§ Fraude: Engaño, inexactitud, consistente, abuso de confianza, que produce o
prepara un daño, generalmente material.
§ Hallazgo: Es la recopilación de información
especifica sobre una operación, actividad, organización, condición u otro
asunto que se haya analizado y evaluado y que se considera de interés o
utilidad para los funcionarios del organismo.
§ Informe: Comunica a las autoridades pertinentes los resultados
de la auditoría. Los requisitos para la
preparación del informe son claridad y simplicidad, importancia del contenido,
respaldo adecuado, razonabilidad, objetividad entre otros.
CAPITULO II
ASPECTOS
METOLOGICOS
ASPECTOS METODOLOGICOS
2.1 TIPO DE ESTUDIO
§
Exploratorio : Plantea las bases para desarrollar una investigación con mayor rigor
científico. En su contenido, tiene pocos
antecedentes en cuanto a su modelo teórico o a su aplicación práctica y podría
servir de base para la realización de nuevas investigaciones por otros autores.
La primera diligencia a
prácticar por parte del equipo que esta a cargo de la auditoría forense es la
visita, que debe contener:
·
Generalidades,
nombre de la entidad, dependencia, funcionarios a cargo, ciudad, fecha entre
otras.
·
Objetivo de
la visita: Se establece en forma clara y se escribe lo que se pretende en la
visita.
·
Desarrollo
de la visita: A través de formas preestablecidas.
·
Análisis de
la información financiera.
La unidad de análisis de esta investigación es el Ayuntamiento Municipal XX. El universo de
estudio estará compuesto por la distintas dependencias operativas y los
funcionarios encargados que conforman esta área de la estructura organizacional
de la institución.
1.- Autoridades Operativas
1.1
Encargado Tesorería
1.2
Encargado de la Dirección Financiera
1.3 Encargado Departamento de Recursos
Humanos
2.2 METODO DE INVESTIGACION
§ Observación: esta técnica
será utilizada dentro de las
instalaciones del Ayuntamiento Municipal XX, observando el desarrollo de los
procesos y tomando notas de los aspectos más importantes que vayan en
cumplimiento con los manuales de procedimientos de control interno de la
institución.
§
Inductivo:
este se empleará la elaboración de informes, opiniones auditoría. Para la el mismo se partirá de
informaciones específicas para luego emitir opiniones complejas y generales.
§
Análisis: este se utilizará con la elaboración de hojas
de trabajos, pruebas sustantivas, pruebas de cumplimiento para verificar si el
Ayuntamiento Municipal XX esta aplicando las Normas Internacionales de
Contabilidad (NIC’s)
§ Síntesis: Señala
la relación de los elementos que surgen dentro del proceso de investigación y ejecución de la auditoría, con los
resultados del informe final.
2.3 FUENTES Y TECNICAS PARA RECOLECCION DE LA
INFORMACION
§ 2.3.1 Fuentes Primarias:
Entrevistas: Esta técnica se empleará para
conseguir informaciones necesarias que sirvan de aval para el buen desempeño de
nuestro trabajo de investigación para la
realización de la entrevista se utilizara el
cuestionario de auditoría.
Las fuentes de información que se deben
consultar son las siguientes:
·
Identificación
de las personas
·
Registros
y controles que se tengan establecidos
·
Establecer
fuentes alternas con el propósito de analizar si el implicado o los implicados
se encuentran registrados en la cámara de comercio y otros tipos de entidades
financieras
·
Solicitud
de información, para obtener: datos completos y precisos, además de copias de
documentos que soporten la información.
§ 2.3.2 Fuentes Secundarias:
Texto
Revistas técnicas
Boletines
Internet
Normas Internacionales de Auditoría (NIA’s)
Normas Internacionales de Contabilidad (NIC’s)
CAPITULO III
RESEÑA
HISTORICA DE LA
AUDITORIA
FORENSE
“La
información confiable es esencial
para la propia existencia en
nuestra sociedad”.
O. Ray Whittington
3.- ANTECEDENTE DE LA AUDITORIA
FORENSE
“A través de
la historia se han realizado distintos tipos de auditoría, tanto al comercio como a las finanzas de los
gobiernos. El significado del auditor
fue “persona que oye”, y fue apropiado en la época durante la cual los
registros de contabilidad gubernamental eran aprobados solamente después de la
lectura pública en la cual las cuentas eran leídas en voz alta. Desde tiempos medievales, y durante la
revolución Industrial, se realizaban auditorías para determinar si las personas
en posiciones de responsabilidad oficial en el gobierno y en el comercio
estaban actuando y presentado información de forma honesta” [5].
Durante la Revolución Industrial a medida que el
tamaño de las empresas aumentaba sus propietarios empezaron a utilizar
servicios de gerentes contratados. Con
la separación de propiedad y gerencia, los ausentes propietarios acudieron a
los auditores para detectar errores operativos y posibles fraudes. Los bancos
fueron los principales usuarios externos de los informes financieros. Antes del 1900 la auditoría tenía como objetivo
principal detectar errores y fraudes, con frecuencia incluían el estudio de
todas o casi todas las transacciones registradas.
A mediados del siglo XX, el enfoque del trabajo de
auditoría tendió a alejarse de la detección de fraude y se dirigió hacia la
determinación de si los estados financieros presentaban razonablemente la
posición financiera y los resultados de las operaciones. A medida que las
entidades corporativas se expandían los auditores comenzaron a trabajar sobre
la base de muestras de transacciones seleccionadas y en adición tomaron
conciencia de la efectividad del control interno.
La profesión
reconoció que las auditorías para descubrir fraudes serían muy costosas, por
estos el control interno fue reconocido como mejor técnica. A partir de la
década de los 60s en Estados Unidos la detección de fraudes asumió un papel más
importante en el proceso de auditoría.
Este desplazamiento en la detección de fraude fue el
resultado de: un incremento del Congreso para asumir una mayor responsabilidad
por los fraudes en gran escala, una diversidad de procesos judiciales exitosos
que reclamaban que los informes financieros fraudulentos habían quedado
inapropiadamente sin detección por parte de los auditores independientes y la
convicción por parte de los contadores públicos de que debería esperarse de las
auditorías la detección de fraude material.
En 1996 la Junta de Normas de Auditoría, emitió una
guía para los auditores requiriendo una evaluación explícita del riesgo de
errores en los estados financieros en todas las auditorías, debido al
fraude. El uso de sistemas de
computación no ha alterado la responsabilidad del auditor en la detección de
errores y fraude. El Congreso y los
reguladores estaban convencidos de que la clave para evitar problemas era la
reglamentación de leyes efectivas y las exigencias por parte de los auditores,
en el cumplimientos de las provisiones
de esas leyes y regulaciones.
Como consecuencia de diversos actos fraudulentos las
principales organizaciones de contabilidad patrocinaron la Comisión Nacional
sobre Presentación de informes Financiero Fraudulentos, muchas de las
recomendaciones a los auditores fueron reglamentadas por la Junta de Normas y
Auditoría, una de la más importante fueron sobre la efectividad del control interno
y la demanda de la atestación de los auditores
En estos tiempos de cambios en el mundo, la sociedad y
la empresa, la auditoría a evolucionado
para adaptarse a estos nuevos procesos y
enfrentar las grandes transformaciones en los diferentes ambientes, como son
las iniciativas de fusiones, cambios tecnológicos, lanzamientos de nuevos
productos, definición de nuevos servicios, entre otros. Dentro de esta evolución
la auditoría se ha especializado
para ofrecer nuevos modelos de
auditorías, entre estos encontramos la Forense que surge como un nuevo apoyo técnico a la auditoría
gubernamental, debido al incremento de la corrupción en este sector. Esta auditoría puede ser utilizada tanto, el
sector público como en el privado.
Los distintos tipos de auditorías son importantes porque proveen confiabilidad en la
información financiera lo que permite a
las entidades la asignación de forma eficiente de los recursos, la contribución del auditor es proporcionar
credibilidad a la información, para los Accionistas, Acreedores, Clientes
Reguladores Gubernamentales entre otros.
Con frecuencia se considera que las auditorías se clasifican en tres grandes categorías: Auditoría de Estado Financieros, Auditorías de Cumplimiento y Auditorías Operacionales. A continuación las auditorías utilizadas en la actualidad
·
Auditorías
Gubernamental
·
Auditorías
de Estados Financieros
·
Auditorías
de Cumplimiento
·
Auditorías
de Gestión y Operacionales
·
Auditorías Internas
·
Auditorías
Especiales
·
Auditorías
de Control Interno
3.1.-
CAUSAS Y ORIGEN DE LA AUDITORIA FORENSE
La corrupción es una de las principales causas del
deterioro del Patrimonio Público. La auditoría forense es una herramienta para
combatir este flagelo. La auditoría forense es una alternativa porque permite
que un experto emita ante los jueces conceptos y opiniones de valor técnico,
que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza, especialmente en lo
relativo a la vigilancia de la gestión fiscal. “…Queremos presentar el modelo
de la Auditoría Forense, sus características
y su importancia como modelo de control y de investigación gubernamental, con
el fin de tener una nueva herramienta que ayude a detectar y combatir los
delitos cometidos contra los bienes del Estado por parte de empleados públicos
deshonestos o patrocinadores externos, de esta manera contribuimos, a mejorar
las economías de nuestros países y por tanto el bienestar de todos nuestro
pueblos hermanos.”[6]
El perito o sujeto investigador debe ser elegido como
un elemento imparcial, debe ser competente,
se requiere de un experto para exponerle a un juez percepciones ordinarias que
efectúe sobre determinados hechos, sino de emitir conceptos de valor
técnico.
El propósito fundamental de la auditoría gubernamental
no es detectar fraude, sino más bien prevenirlos, porque es la responsabilidad propia de la
administración de la entidad pública.
Debe tenerse en
cuenta que la naturaleza y alcance de la auditoría del sector público pueden
verse afectados por la legislación, reglamento, ordenanzas y disposiciones ministeriales deben estar relacionadas con la
detección de fraude. Estos
requerimientos pueden afectar la capacidad de la auditoría para aplicar su
criterio. Además de las
responsabilidades formalmente asignadas respecto a la detección de fraude, el
uso de fondos públicos tiene a imponer un nivel superior a los temas de fraudes
y el auditor puede verse requerido a responder a las expectativas del público con respecto a la
detección de fraudes.
El auditor debe diseñar acciones de manera que ofrezca
garantía razonable de que se detecten errores, irregularidades o actos ilícitos
que pudiera repercutir substancialmente sobre los valores que figuran los
estados financieros. La auditoría
financiera constituye un aspecto esencial de la fiscalización pública ya que
persigue velar por la integridad y validez de las cuentas y el presupuesto, del
mismo modo las auditorías de gestión se plantea el manejo de los recursos
públicos de la conformidad de las leyes y reglamentos vigentes para lo cual el
auditor gubernamental esta obligado a diseñar la auditoría de manera que
ofrezca una garantía razonable de que se detecten actos ilícitos que pudieran
afectar los resultados.
La aplicación de las normas legales aplicable le
permitirán al auditor sobre la base de su juicio profesional ejerza su labor en
los casos de evidencia de corrupción, en el desarrollo de su trabajo, debe
elaborar un informe especial con el sustento legal y técnico, las instancias
correspondientes en estos casos la Contraloría General de la República para que
se efectúen las acciones pertinentes en forma inmediata.
3.2.- AUDITORIA GUBERNAMENTAL
La auditoría Gubernamental es le examen objetivo,
sistemático y profesional de las operaciones financieras y/o administrativas,
efectuado con posterioridad a su ejecución, en las instituciones del sector
público. Después de finalizar la
auditoría el contralor General enviará un informe al funcionario de mayor
jerarquía de la institución auditada y una copia al Presidente de la
República.
Se debe efectuar de acuerdo a las Normas Internas de
Auditoría Gubernamental y disposiciones especializadas emitidas por la
Contraloría General de la República, aplicando técnicas, métodos y
procedimientos establecidos por la profesión del contador público. Tiene por
objetivos:
·
Evaluar la
correcta utilización de los recursos públicos, verificando el cumplimiento de
las disposiciones legales reglamentarias.
·
Determinar
la racionabilidad de la información financiera
·
Determinar
el grado en que se han alcanzado los objetivos previstos y los resultados obtenidos en relación al cumplimiento de los recursos asignados y
de los planes y programas aprobados de
la institución examinada.
·
Recomendar
medidas para promover mejoras en la gestión pública.
·
Fortalecer
el sistema de control interno de la institución auditada.
El ejercicio de la auditoría Gubernamental a los
auditores de la Contraloría General de la República, de la Cámara de cuentas y
los Contadores Públicos Autorizados.
El auditor Gubernamental es el profesional que reúne
los requisitos necesarios para el ejercicio del trabajo de auditoría en las
instituciones del sector público sujetas a la Normas Internas de Auditoría
Gubernamental (NIAGU).
La
auditoría gubernamental es interna cuando es realizada directamente por la
Contraloría General de la República. Es
externa cuando es ejercida por la Cámara de Cuentas y por Contadores Públicos
Autorizados.
“El proceso de la auditoría Gubernamental comprende
las etapas de: planificación, ejecución y elaboración del informe. Se inicia con la formulación del respectivo
plan y culmina con la remisión del informe al titular de la institución
examinada y una copia al Presidente de la República. La elaboración y presentación del informe de
auditoría o examen especial es de responsabilidad conjunta del auditor
encargado y del supervisor”[7].
3.3.- TIPOS
DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL
La auditoría gubernamental, cuyo tipo se define por
sus objetivos, se clasifica en:
3.3.1.-
Auditoría Financiera
“Esta comprende los estados financieros y los informe
de ejecución presupuestaria. Esta tiene
como objetivo determinar si los estados financieros de la institución auditada
presenta razonablemente la información financiera, los resultados de sus operaciones
y su flujo de efectivo de acuerdo a las Normas Internacionales de
Contabilidad. Este tipo de auditoría se
efectúa en las instituciones descentralizadas y autonomas.
La auditoría de informes de Ejecución Presupuestaria
se aplica a las instituciones centralizadas con el propósito de determinar si
la ejecución del presupuesto se presenta dé acuerdo con criterios establecidos
o declarados expresamente. Las Normas
Internacionales de Auditoría que rigen la profesión contable en el país son
aplicables a todos los aspectos de la auditoría financiera.
3.3.2.- Auditoría de
Gestión
Su objetivo es evaluar el grado de economía, eficiencia y eficacia en el manejo
de los recursos públicos, así como el desempeño de los servidores y
funcionarios de Estado, respecto al grado con que se están logrando los
resultados o beneficios previstos por la legislación presupuestal o por la
institución que haya aprobado el
programa o la inversión correspondiente.
La auditoría de gestión puede tener, entre otros los
siguientes propósitos:
§ Determinar si la institución adquiere, protege y
emplea sus recursos de manera económica y eficiente.
§ Establecer las causas de ineficiencias o prácticas
antieconómicas
§ Evaluar si los objetivo de un programa son apropiados,
suficientes o pertinentes y el grado en que produce los resultados deseados.
Generalmente, al término de una auditoría de gestión
el auditor no expresa una opinión sobre el nivel integral de dicha gestión o el
desempeño de los funcionarios, por tanto, estas normas no prevén que se exija
al auditor una opinión de esa naturaleza.
Sin embargo, el auditor deberá presentar en su informe, hallazgos y
conclusiones respecto a la magnitud y calidad de la gestión o el desempeño, así
como en relación con los procesos, métodos y controles internos específicos,
cuya eficiencia o eficacia considere susceptible de mejorarse. Si estima que existen posibilidades de
mejoría, el auditor deberá recomendar las medidas correctivas apropiadas.
3.3.3.- Auditoría
Especial
Ø
Es la
auditoría que puede comprender o combinar la auditoría financiera de un alcance
menor al requerido para la emisión de un Emisión de cheques sin
fondos
Ø
Subvaluacion de ingresos propios
Ø
Incumplimiento a las Leyes Sobre
Retenciones
Ø
Desembolsos con Soporte
Insuficientes
de acuerdo con
las normas de auditoría generalmente aceptadas con la auditoría de gestión
destinada, sea en forma genérica o específica, a la verificación del manejo
dado, así como al cumplimiento de los dispositivos legales aplicables.
Tiene como objetivo específico, entre otros,
determinar si la programación y formulación presupuestaria se ha efectuado en
función de las metas establecidas en los planes de trabajo de la institución,
evaluar el grado de cumplimiento y eficiencia de la ejecución del presupuesto,
en relación a las disposiciones que lo regulan y al cumplimiento de las metas y
objetivos establecidos, así como determinar la eficiencia, confiabilidad y la
oportunidad con que se evalúa el presupuesto de las instituciones. Además se efectúan Auditoría Especiales para
investigar denuncias de diversas índoles y así como de los procesos licitarios,
del endeudamiento público y cumplimiento de contratos de gestión gubernamental,
entre otros”[8].
Las auditorías antes
mencionadas no han provisto a las instituciones estatales de una herramienta
capaz de controlar la corrupción, esta ha llevado a buscar nuevas alternativas
para la Auditoría Gubernamental, encontrando un modelo de auditoría denominado Forense, diseñado para dar un mayor
control sobre las acciones de los altos dirigentes y de los encargados del
desarrollo de las funciones públicas y el uso de los recursos de que disponen
para el servicio de todos los ciudadanos.
3.4.-
RESEÑA DE LA CORRUPCION GUBERNAMENTAL EN
LOS AYUNTAMIENTOS
La corrupción consiste en el mal uso de un cargo o
función con fines no oficiales y se manifiesta de las siguientes formas: el
soborno, la extorsión, el tráfico de influencia, el nepotismo, el fraude, el
pago de dinero a los funcionarios del gobierno para acelerar trámite o
investigaciones, el desfalco entre otros.
Como efectos parciales de la corrupción son la
deslegitimación del sistema político, la mala asignación de los recursos
económicos, la distorsión de los incentivos económicos, la destrucción de la
ética profesional, la segregación y desanimación de los honestos, se impide la
planeación y la previsiblidad. Todo esto conlleva costos que van afectar a:
·
La
eficiencia, porque se desperdician los recursos, se deforma la política y la
imagen de sus dirigentes
·
La
distribución de los recursos.
·
Los
incentivos se desvían las fuerzas hacia la búsqueda de ganancias.
·
La
política, forma un estado que crea inestabilidad.
Prácticas que incrementan el riesgo de fraude en el
Estado: omisión de documentos,
simulación contable, cancelación repentina de cuentas corrientes, encubrimiento
de ingresos, endeudamiento ficticio, manipulación de contratos, utilización
cuentas cifradas, manipulación de la edad de los bienes, multiplicidad de
cuentas corrientes y cuentas de ahorros a nombre de terceros, usurpación de
entidades, utilización de testaferros, exportación ficticia y lavado de
dólares, asignación de bienes y confianza, maquillaje tributario, cadenas políticas, personas ficticias,
encubrimiento bancario por movimiento,
ocultamiento de pérdidas, subvalorización de bienes, participación
familiares y venta entre vinculados.
Los Ayuntamiento Municipales, como entidad autónoma, que obtiene ingresos
tributarios y por asignación mensual de la Ley de Gastos Públicos (Ley 17-97),
en donde mayores niveles de corrupción se originan, sobre todo por haberse
convertido en unidad o plataforma de los partidos políticos, carentes de planes
y programas que puedan contribuir a su control financiero y administrativo.
3.4.1 PLAN
NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCION
“Este plan es una guía de trabajo con visión
estratégica de largo plazo, para poner en movimiento un número creciente de
instancia de la Rama Ejecutiva del gobierno dominicano, en la elaboración,
adopción, concientización y puesta en prácticas de nuevas normas y
procedimientos en la administración pública, así como iniciativas continuas de
persecución de la corrupción, coordinando acciones con otras áreas del estado y
la sociedad civil, para impulsar los más sentidos valores de la ética y la
cultura de la transparencia en los servicios públicos.
Este plan se basa en el compromiso ético de sectores
públicos y privados en la lucha contra de la corrupción, presentando políticas,
estrategias y acciones globales que sirven de guía a todos los actores
involucrados en el plan, de manera que cada instancia pueda desarrollar
iniciativas propias para el logro de los objetivos.
Para lograr esta lucha se hace necesario la
participación y la coordinación conjunta de los principales estamentos del
Estado ( Ejecutivo, Legislativo y Judicial), sin que estos se vean afectados
por su independencia.
Asimismo, se hace necesario la creación de una base
legal entre otros aspectos para invertir el fondo de la prueba que garanticen el control, persecución y
castigo de los actos fraudulentos.
Para la ejecución del plan de prevención y lucha contra la corrupción ha de intervenir el
sector público que incluye el poder ejecutivo, la procuraduría de la república
a través del departamento de prevención de la corrupción, los secretarios de
estados, la cámara de cuenta, los ayuntamientos, los legisladores, etc..
También se hace necesario la intervención del sector privado a través de la
sociedad civil, los partidos políticos, las iglesias, los medios de
comunicación entre otros”[9].
3.5.- NORMAS INTERNAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL
(NIAGU)
“Se
relaciona con las cualidades y calificaciones del auditor y la calidad de su
trabajo. Estas normas que se aplican
también para la ejecución del trabajo y la preparación del informe.
Entrenamiento técnico y capacidad profesional, independencia, cuidado y esmero
profesional, confidencialidad, participación de profesionales y/o
especialistas, control de calidad.
El
personal de la Contraloría General de la República debe tener un amplio
conocimiento del sector público, incluso de aspectos tales como las
competencias del Poder Legislativo, las normas legales e institucionales que
regulan el funcionamiento del ejecutivo y los estatutos por los que se rigen
las empresas públicos.
Asimismo, el personal especializado en auditoría
debe poseer conocimiento suficiente de las normas, sistemas, procedimientos y
prácticas de auditoría utilizadas por la Contaduría.
La
Contraloría General de la República debe adoptar políticas y procedimientos
para la elaboración de manuales y otros tipos de guías e instrucciones escritas
referentes a la realización de la auditoría.
·
Entrenamiento
técnico y capacidad profesional
El
auditor gubernamental debe poseer un adecuado entrenamiento técnico, la experiencia y competencia
profesional necesarios para la ejecución de su trabajo.
·
Independencia
El
auditor debe adoptar una actitud de independencia de criterio respecto de la
institución examinada y se mantendrá libre de cualquier situación que pudiera
señalarse como incompatible con su integridad y objetividad.
·
Cuidado
y esmero Profesional
El
auditor debe actual con el debido cuidado profesional a efecto de cumplir con
las normas de autoría durante la ejecución de su trabajo y en la elaboración
del informe.
·
Confidencialidad
El
auditor gubernamental debe mantener absoluta reserva respecto a la información
que conozca en el transcurso de su trabajo.
·
Participación
y profesionales y/o especialistas
Integrarán
el equipo de auditoría, en calidad de apoyo, los profesionales y/o
especialistas que ejercen sus actividades en campos diferentes a la auditoría
gubernamental, cuando sus servicios se consideren necesarios para el desarrollo
del examen. De ser pertinente, los
resultados de sus labores se incluirán en el informe y como anexos al mismo.
·
Control
de calidad
La
Contraloría General de la República mantendrá un adecuado sistema interno de
control de calidad que permita ofrecer seguridad razonable de que la auditoría
se ejecuta en concordancia con los objetivos, políticas, normas y
procedimientos de auditoría gubernamental.
3.6.-
Normas Relativas a la Planificación de la Auditoría Gubernamental:
Este
grupo de normas tiene por objeto establecer los criterios técnicos generales
que permitan una apropiada planificación de la auditoría en instituciones
sujetas a la fiscalización de la Contraloría General, a fin de alcanzar los
objetivos propuestos
· Planificación General
La
Contraloría planificará sus actividades de auditoría a través de sus planes
anuales, aplicando criterios de materialidad, economía, objetividad y
oportunidad, y evaluarán periódicamente la ejecución de sus planes.
El
Contralor General, en usos de las atribuciones conferidas por la Ley orgánica
No. 3894 que la norma, dicta los lineamientos de política que rigen la
planificación de la auditoría interna gubernamental en armonía con los planes
anuales de auditoría interna de las instituciones sujetas a ser
fiscalizada. En la Contraloría General
de la República cada unidad orgánica de línea planificará anualmente sus
acciones. En el caso de las
instituciones sujetas a fiscalización lo efectuará el encargado de la unidad de
auditoría interna, de acuerdo a las prioridades establecidas para el logro de
los objetivos y metas institucionales o sectoriales según sea el caso.
· Planificación Específica
La planificación de auditoría implica desarrollar una estrategia general
para su conducción a fin de asegurar que el auditor tenga un cabal
conocimientos de sus actividades, sistema
de control e información y disposiciones legales aplicables a la institución,
que le permitan evaluar el nivel de riesgo de auditoría así como determinar y
programar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos a aplicar.
· Archivo Permanente
Está conformado por un conjunto orgánico de
documentos que contienen copias y/o extracto de información de interés, de
utilización continua o necesaria para futuros exámenes, básicamente
relacionadas con:
Ley Orgánica de la institución y normas legales
que regulan su funcionamiento.
Organigrama aprobado
Reglamento de organización y funciones
aprobados.
Manual de organización y funciones aprobado.
Manual de procedimientos aprobado
Flujograma de las principales actividades de la
institución.
Plan operativo institucional.
Presupuesto institucional, incluyendo
modificaciones y evaluaciones.
Estados financieros o informe de ejecución
presupuestaria.
Informe de auditoría.
Denuncias.
Plan anual de Control, incluyendo
reprogramaciones
Informe de evaluación del plan anual resumen de
las decisiones más importantes adoptadas
Resoluciones y circulares emitidas por la
institución.
·
Convenios
y Contratos.
La responsabilidad de organizar el archivo
permanente correspondiente al área administrativa y jurídica de la Contraloría
General y a los departamentos de auditoría interna de las instituciones sujeta
a fiscalización y control.
· Alcance del trabajo sobre
Cumplimiento y Controles Internos
El auditor debe informar el alcance de sus
pruebas sobre cumplimiento de las leyes, regulaciones y controles internos. Si
las pruebas no exceden aquellas que el auditor considera necesarias para una
auditoría de estados financieros o informe de ejecución presupuestaria, será
suficiente que el auditor declare que realizó pruebas sobre el cumplimiento de
ciertas leyes y regulaciones, que obtuvo entendimiento de los controles
internos y que evaluó los riegos de control.
·
Estudio
y Evaluación del Control Interno.
Se debe
efectuar un apropiado estudio y evaluación del control interno para identificar
las áreas críticas que requieren un examen profundo,
determinar
su grado de confiabilidad a fin de establecer la naturaleza, alcance,
oportunidad y selectividad de la aplicación de procedimientos de auditoría.
·
Evaluación
del Cumplimiento de Disposiciones Legales y Reglamentarias
En la
ejecución de la auditoría gubernamental debe evaluarse el cumplimiento de las
leyes y reglamentos aplicables cuando sea necesario para los objetivos de la
auditoría.
3.7.-
Normas Relativa a la Ejecución de la Auditoría:
Estudio y
evaluación del control interno:
·
Evaluación
del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias
·
Supervisión
del trabajo de auditoría
·
Evidencia
suficiente, competente y relevante
·
Los
papeles de trabajo deben estar organizados con todos los registros y detalle de
la labor efectuada. Los papeles de trabajo son propiedad de la Contraloría
General de la República.
·
Comunicaciones
y observaciones a los funcionarios de los hallazgos determinados
·
Carta
de representación del titular de la institución auditada.
3.8.- Normas Relativas al Informe de Auditoría
Gubernamental:
Las
normas que a continuación regulan la formulación del informe, estableciendo
de forma escrita, oportunidad del
informe, presentación y contenido del informe.
·
Los
informe por escrito son necesario para:
Comunicar
los resultados a los niveles necesarios.
Reducir
el riesgo de que los resultados sean erróneamente interpretados.
Poner a
disposición de las autoridades pertinentes los resultados de la auditoría.
·
Oportunidad
del informe de auditoría, este debe emitirse lo antes posible.
·
Preparación
del informe. El lenguaje debe ser
entendible.
·
Contenido
del informe debe presentar apropiadamente los resultados del examén.
·
Informe
especial. Cuando en la ejecución del
trabajo de auditoría, se evidencien faltas graves y/o indicios razonables de
comisión de delito, en perjuicio de los intereses del Estado, debe emitir un
informe con el sustento técnico legal, para que se efectúen las acciones
correspondientes”.[10]
3.9.-
ORGANISMO DE FISCALIZACION DEL ESTADO
El estado cuenta con entidades dedicadas a fiscalizar las instituciones
que lo componen como son : La Cámara de Cuentas y la Contraloría General de la
República. Esta última cumple con un programa anual del Departamento de Auditoría.
3.9.1-
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
“Es la entidad que tiene a su cargo la
Contabilidad General del Estado; además de fiscalizar los ingreso e Inversión de los fondos de los
diversos Departamentos de la Administración Pública, autónomo o no del Estado y
de los Municipios; verifica el examén de las cuentas que deben rendir las
personas o entidades que manejan fondos de tales Organismos, así como la
inspección contable de las oficinas correspondientes a los mismos.
La Contraloría tiene
su origen, bajo la denominación de "Consejo Administrativo" según lo
consigna el Articulo 182 de la Constitución de San Cristóbal del año 1844 cuyo
texto señala "La ley organizará un Consejo Administrativo compuesto por
Funcionarios Públicos para verificar anualmente las cuentas generales y hacer
un informe de ellas al Congreso, con las observaciones que juzgue oportunas,
cuyo encargo será puramente gratuito". La Ley No. 54 de 1970 la
denomina " CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA " (Ver
Anexo 1) .
Dentro del rol que le
asigna la ley, la Contraloría amplía su ámbito de fiscalización con el
reordenamiento de sus estructuras de mando en tres bloques, Administrativos,
Contabilidad General y Gerencia de Operaciones lo que reúne en una misma
dirección a departamentos cuyas actividades son afines, otorgándoles una mayor
dinámica; en ese mismo sentido da el inicio a un programa de adiestramiento y
capacitación del personal de los Departamentos de Inspección, Normas y
Sistemas, Ayuntamientos; Así como la modernización del Departamento de
Conciliación bancaria, lo que permitirá una más activa participación en la
fiscalización de las instituciones que generan o ejecutan lo que es el
presupuesto de ingresos y ley de gastos públicos.
La Contraloría General de la
República ( bajo la dependencia directa del poder Ejecutivo en virtud a lo
dispuesto por el Art. 1. De la Ley No. 54, precitada), y la que estará bajo la
dirección de un funcionario que se denominará Contralor General de la
República, también habrá un sub.-contralor General; tendrán a su cargo la
contabilidad general del Estado, fiscalizar el debido ingreso e inversión de
los fondos de los diversos departamentos de la Administración Pública,
autónomos o no, del Estado y de los municipios; verificar el examén de las
cuentas que deben rendir las personas o entidades que reciban o manejen fondos
o bienes de tales entidades u organismos, así la inspección contable de las
oficinas correspondientes a los mismos.
3.9.1.1- Políticas de la Institución:
·
Fiscalizar los debidos ingresos y
egresos del Estado Dominicano.
·
Velar por que se apliquen los
Principios y las Normas Internacionales
de Contabilidad y Auditoría Generalmente en las Instituciones
gubernamentales.
·
Hacer cumplir las leyes
establecidas para el control de los fondos públicos
·
Velar por el patrimonio del Estado
Dominicano.
·
Elaborar los sistemas contables a
las instituciones de Estado.
3.9.1.2.-
Funciones Principales
Este desempeña sus funciones
de acuerdo a las reglamentaciones citadas a continuación.
·
Dirigir y controlar la contabilidad
General del gobierno en cualquier oficina donde esta se lleve.
·
Dictar todas las normas
relacionadas con el control y dirección que se especifica en el
ordinal anterior, y establecer los sistemas que sean necesarios para el
buen funcionamiento de la contabilidad gubernamental en todos y cada uno
de sus aspectos.
·
Intervenir, revisar y liquidar
toda cuenta de cualquier oficina del gobierno o de los ayuntamientos en
que tenga interés el gobierno, salvo los casos especiales exceptuados por la
ley.
·
Llevar al día y registrar todas
las cuentas presupuéstales y propiedades del Gobierno Dominicano.
·
Someter al Poder Ejecutivo en su
oportunidad, el proyecto de presupuesto de gastos y servicios personales, las
recomendaciones para designación de cargos técnico, las recomendaciones de
empleados en falta y ascensos en los casos procedentes.
·
Presentar al Poder Ejecutivo, antes
del día diez de cada mes, un informe de las principales labores
realizadas en el mes anterior por la Contraloría General de la República.
·
Presentar antes del día 15 de enero
de cada año, un informe al Poder Ejecutivo de las actividades
realizadas en el año anterior por la Contraloría General de la República.
·
Cualquier otra atribución que
en virtud de las disposiciones legales existentes o que pudieran dictarse, se
asimilen al control, intervención y dirección de la Contaduría
·
General del Gobierno Dominicano.”[11]
3.9.2.- LA CAMARA DE CUENTAS DE LA REPUBLICA
Creada con la Ley
No. 3659 del 27 de Junio de 1896, la No. 950, de 1928. En los primeros cinco días que sigan al 16 de Agosto de
cada año la Cámara de Cuentas elegirá de entre sus propios Miembros un
Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, los cuales durarán un año en el
ejercicio de sus funciones La Cámara de Cuentas tendrá un Secretario General
Auxiliar y el personal adicional que le sea asignado en la Ley de Gastos
Públicos, y cuya designación competirá a la propia Cámara.
3.9.2.1 Funciones Principales
Ø Funciones
Generales de la Cámara de Cuentas
“Además de las
atribuciones que corresponden a la Cámara de Cuentas por virtud de la
Constitución, dicho organismo, en materia tributaria tendrá las funciones
consultivas fiscalizadoras y jurisdiccionales.
Ø Del
examen de las Cuentas Generales y particulares de la República
Compete a la
Cámara de Cuentas el conocimiento, revisión y aprobación de todas las cuentas
generales y particulares del Estado, del Distrito de Santo Domingo, de las
Comunes Juntas de Distritos, establecimientos públicos y de las instituciones
que reciban Subsidios de los expresados organismos.
Dentro de los
quince primeros días de cada mes, todas las oficinas públicas, nacionales o
municipales, recaudadoras, depositarias o pagadoras de fondos públicos, deberán
rendir al Contralor y Auditor General, estados de dichas operaciones correspondientes
al mes anterior.
La Cámara de Cuentas tendrá
facultad para investigar y comprobar en la Auditoría la exactitud y legalidad
de la contabilidad que debe llevar dicha oficina y para ese fin podrá hacerse
representar por uno o varios de sus miembros, quienes tendrán libre acceso a
todos los libros, expedientes y cuentas. En caso de que se advierta la
irregularidad en la gestión del Contralor y Auditor, este funcionario no
presenta las justificaciones correspondientes, la Cámara de Cuentas deberá
informar inmediatamente el asunto al presidente de la República.
La Cámara de
Cuentas ejercerá su control sobre la gestión que deba realizar el Contralor y
Auditor General de conformidad con las disposiciones de la Ley de Contabilidad.
Cuando el uso de esta facultad, la Cámara tuviere duda acerca de la exactitud o
legalidad de una cuenta o sobre la regularidad de la gestión del Auditor, podrá
realizar en cualquier oficina pública todas las diligencias que fueren
necesarias para el esclarecimiento de la verdad. Estas diligencias podrán
consistir en residencias, inspecciones, interrogatorios a toda persona cuyo
testimonio considere útil para el establecimiento de las cuentas públicas,
inventarios, tanteos de Caja y otras de similar naturaleza.
En los casos de desaparición de fondos
públicos o no-recaudación de los mismos, robo, torpes manejos, malversación,
filtración, ocultamiento, fraude; así como en los de irregularidad en las
cuentas presentadas a su examen, la Cámara de Cuentas, cualquiera que sea la naturaleza
del hecho lo denunciará inmediatamente al Secretario de Estado del tesoro y
Crédito Público, o al Presidente de la República directamente, si la
responsabilidad recayere sobre un alto funcionario anexando todos los
documentos que sean de lugar. Cuando las irregularidades en los estados de
cuentas sean de pura forma, la Cámara de Cuentas lo devolverá a la oficina de
su procedencia para las correcciones pertinentes.
Será deber de la
Cámara de cuentas velar por el cumplimiento de todas las disposiciones legales
que establezcan sistema cooperativo de fianzas o fidelidad para proteger al
Estado o a las demás instituciones públicas contra robos y desfalcos de fondos
públicos, así como para el cumplimiento de la prestación de las fianzas u otras
garantías estipuladas en los contratos administrativos, para lo cual todo
contrato de esta naturaleza, nacional, del Distrito de Santo Domingo, o
municipal, deberá depositarse, copia autenticada, en la Cámara de Cuentas,
dentro de los treinta días subsiguientes a su concertación por la persona que a
nombre de esas instituciones, hubiere firmado el contrato.
Ø Informe
de la Cámara de Cuentas al Congreso Nacional
El informe general
del movimiento de ingresos y egresos ocurridos durante cada año que la Cámara
de Cuentas deberá presentar al Congreso Nacional, constará de una primera parte
en la cual se haga el historial explicativo de las operaciones, con la opinión
de dicho organismo y una segunda parte donde se incluyan los estados
demostrativos de esas operaciones.
Estará a cargo de
la Cámara de Cuentas el cumplimiento del Art. 92 de la Constitución, y en
consecuencia, publicará en el mes de Abril de cada año el informe que hubiere
presentado al Congreso de la cuenta general de los ingresos y egresos de la
República hechos en el año anterior.
Ø Protección
de los Bienes y valores Públicos
Será deber de la
Cámara de Cuentas velar porque se mantengan al día el Catastro de los Bienes
del estado, del Distrito de Santo Domingo, de las comunes y demás instituciones
públicas. En caso de omisiones o irregularidades relacionadas con estos
Catastros de la Cámara de Cuentas dará informe de ello al Secretario del tesoro
y Crédito Público, para que éste ordene las investigaciones correspondientes y
para el establecimiento de las responsabilidades que sean de lugar.
En los casos de
subastas o remates de servicios públicos, nacionales, del Congreso
Administrativo del Distrito de Santo Domingo o municipales, la Cámara de
Cuentas tendrá facultad para asistir o hacerse representar por algunos de sus
Miembros en los actos correspondientes a fin de velar por los intereses
públicos en la fijación de los precios y otras instituciones.
La Cámara de
Cuentas deberá denunciar al Secretario de Estado del Tesoro y Crédito Público o
al Presidente de la República directamente, cuando la responsabilidad pueda
recaer sobre un alto funcionario de la Nación, todos los hechos que puedan
poner en peligro los intereses del Estado, del Consejo Administrativo del
Distrito de Santo Domingo, de los ayuntamientos y de otras instituciones
públicas, en relación con sus bienes.
La Cámara de
Cuentas deberá estar representada por su Presidente o por algunos de sus
Miembros comisionados al efecto, en toda operación, cuando ésta se realice en
el país y en relación con la impresión y conteo de emisiones monetarias o
documentos de cualquier naturaleza que sean representativos de dinero, así como
en todo acto para incinerar, destruir o desvalorizar cualquier clase de moneda
o documento representativos de dinero, suscribiendo las actas correspondientes
o denunciando las irregularidades que ocurran en estos casos.
Ø Funciones
Consultivas de la Cámara de Cuentas
La Cámara de
Cuentas deberá rendir al Senado, a la Cámara de Diputados y al Presidente de la
República, los dictámenes que le sean solicitados sobre cuestiones financieras.
Estos dictámenes
no podrán versar sobre ninguna cuestión de contabilidad en curso de
fiscalización por la Cámara de Cuentas, sino sobre cuestiones abstractas y
generales, que no tengan relación con ninguna persona u oficina pública
determinada Estos informes serán rendidos directamente a los organismos
solicitantes o al Presidente de la República
según los casos”[12]
CAPITULO IV
ETAPAS DE APLICACION DE LA AUDITORIA FORENSE EN EL
AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX
“La
auditoría de hoy y del futuro, tiene que actuar
con
independencia y velocidad, el objetivo no será
trabajar menos, sino trabajar mejor
y ofrecer un
producto con un alto valor agregado para
nuestros
clientes.”
Miguel
Antonio Cano
4.- GENERALIDADES DEL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL XX
“El ayuntamiento es una institución popular, representativa
de las familias de los municipios, y a su vez un organismo de deliberación.
Este gobierna los límites geográficos asignados, bajo un estatuto legal que lo
faculta para el ejercicio de una serie
de actividades políticas y
administrativas tendente a darle seguridad, organización, orden y desarrollo a
su demarcación, al igual que el gobierno central lo hace a nivel nacional.
Un municipio es una demarcación geográfica formada por
familias y de limitado territorio en el seno del Estado, que legalmente
constituye una persona jurídica con patrimonio y autonomía propio y con
ingresos para realizar todos los actos útiles para el cumplimiento de sus
fines, que con entre otros, ordenar, reglamentar y resolver cuando es necesario o conveniente para proveer
las necesidades de la comunidad que representa y proporcionarle bienestar,
prosperidad y cultura.
El Distrito Nacional y los municipios están regidos
por un gobierno económico-político llamado Ayuntamiento, Cabildo, Consejo o
Cuerpo Edilicio. De conformidad con el Art.82 de la Constitución de la
República, el gobierno de los municipios esta a cargo de los Ayuntamientos,
cuyos regidores así como sus suplentes en él número determinado por la ley en
proporción a su población, que en ningún caso debe ser menos de cinco mil
habitantes, son elegidos al igual que los síndicos municipales y sus suplentes
por el pueblo de los municipios respectivos por cuatro año.
Asimismo el Art.85 de la Ley de la Constitución dice: “Tanto en la
Formulación como en la ejecución de sus presupuestos, los Ayuntamientos están
obligados a mantener las apropiaciones y las erogaciones destinadas a cada
clase de atenciones y servicios. Los Ayuntamientos podrán, con la aprobación
que la ley requiera, establecer arbitrios, siempre que estos no coincidan con
los impuestos nacionales, con el comercio Inter.-municipal o de exportación, ni
con la Constitución o las leyes.
Los municipios y Juntas de Distritos Municipales se
hallan regulados por leyes especificas que definen y delimitan sus roles y
funciones como entes
sociales de primer orden que deben estar al servicio
de las comunidades”[13].
Entre las Leyes fundamentales que regulan el
funcionamiento de los Ayuntamientos podemos mencionar las siguientes:
·
Ley No.3455
de Organización Municipal del 21/12/52, que determina la formación,
funcionamiento y atribuciones que rigen los Ayuntamientos y de sus
funcionarios.
·
Ley No.5622
sobre autonomía Municipal es la que les da facultad a los Ayuntamientos de
operar como verdaderos gobiernos locales.
·
Ley
No.17-97, que destina a favor de todos los Ayuntamientos el cuatro por ciento
(4%) del monto de la Ley de gastos públicos, correspondiente a los ingresos de
orden interno (Ver anexo No. 2).
Las leyes municipales de carácter complementario son:
·
Ley 673,
sobre revisión presupuesto de los ayuntamientos
·
Ley 273,
modifica el Art.46, de la Ley No.3455, sobre Organización Municipal. Esta ley
eleva de dos a tres los vocales de las Juntas de Distritos Municipales.
·
Ley 3456,
trata exclusivamente sobre la organización del Ayuntamiento del Distrito
Nacional.
4.1
-CONTABILIDAD MUNICIPAL
“Es un sistema de información orientado a la toma de
decisiones, que sujeto a disposiciones legales muy especificas, trata sobre la
clasificación, registro e informe de las operaciones monetarias efectuadas por
los Ayuntamientos con otros entes económicos.
La contabilidad municipal se caracteriza por ser una
herramienta administrativa que debe ayudar al fomento de la correcta aplicación
de los recursos financieros captados por las autoridades y funcionarios
municipales en el desempeño de sus obligaciones. Estos recursos deben estar
orientados al cumplimiento de los objetivos y metas de desarrollo consignados
en los planes, programas y presupuestos municipales.
4.2.
-AUDITORIA MUNICIPAL
Es el examen objetivo, sistemático, independiente,
constructivo y selectivo de evidencias de las operaciones financieras y/o
administrativas efectuadas con posterioridad a la Gestión Municipal, con el
objeto de determinar la razonabilidad de la información financiera. Se
caracteriza por:
·
Objetividad,
en la medida en que se considera que el auditor debe mantener una actitud
mental independiente, respecto de las actividades a examinar en el
ayuntamiento.
·
Sistemática
y profesional, por cuanto responde a un proceso debidamente planeado y porque
es desarrollada por contadores públicos y otros profesionales idóneos y
expertos, sujetos a Normas Profesionales y al código de Ética Profesional.
·
Concluye
con la emisión de un informe escrito, en cuyo contenido se presentan los
resultados del examen realizado, incluyendo observaciones, conclusiones y
recomendaciones.
4.2.1. CARACTERISTICAS
·
Opinar
sobre si los estados financieros del ayuntamiento presentan razonablemente la
situación económica y los resultados de sus operaciones de conformidad con las
normas legales vigentes.
·
Verificar
el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentos que rigen los
Ayuntamientos.
·
Determinar
el grado en que se han alcanzado los objetivos previstos y los resultados obtenidos
en relación a los recursos asignados y al cumplimiento de planes y programas
aprobados al ayuntamiento.
·
Determinar
la razonabilidad de la información financiera.
·
Recomendar
medidas para promover mejoras en la Gestión Municipal.
·
Fortalecer
el sistema de control interno del Ayuntamiento Auditado.
·
Establecer
si el Ayuntamiento ha establecido un sistema adecuado de evaluación para
elaborar informaciones y monitorear su ejecución presupuestaria.
Importancia
de la Auditoría Municipal
La asignación de recursos a los Ayuntamientos por
parte del Gobierno Central como Consecuencia de la aplicación de la Ley
No.17-97 (subsidio ordinario del estado), estable el 4% de los ingresos
fiscales a favor de los gobiernos locales. Dada la magnitud de dichos recursos
se requiere que los mismos sean administrados juiciosa y racionalmente, de
forma tal, que se garantice a la población el desarrollo equilibrado e integral
de las distintas comunidades que se hallan diseminadas por toda la geografía
nacional.
Por tal motivo es importante para la sociedad
dominicana contar con suficientes recursos económicos y técnicos para realizar
Auditorías Municipales en los Ayuntamientos del país.
Tales auditoría deberá contribuir a establecer un
clima en el ámbito de la administración municipal que este firmemente
fundamentado en los principios de transparencia y responsabilidad de la
gestión.
La falta de vigilancia de controles internos efectivos
sobre las actividades que despliegan cotidianamente los Ayuntamientos puede ser
causa del aumento de la inequidad y la ineficiencia en la asignación de los
recursos económicos por parte de estos organismos, como es natural, esta
situación generalmente se traduce en un alto costo social, especialmente para
aquellos segmentos de la población colocados en situación de extrema pobreza”.[14]
4.3.
PLANIFICACION PARA LA APLICACION DE LA AUDITORIA FORENSE EN EL AYUNTAMIENTO
MUNICIPAL XX
La auditoría forense es un examen o revisión de
carácter pericial deber ser: objetivo, critico, sistemático y selectivo. La auditoría forense la podríamos resumir en
procedimiento técnico legal que combina diferentes áreas:
·
La
investigación
·
Análisis de
información
·
Técnicas
criminalistica
·
Recopilación
de prueba y evidencia legales
·
Declaraciones,
testimonios certificados y juramentados
·
Preparación
y habilitación de pruebas para presentar ante la corte civil o criminal.
Auditoría es un proceso de evaluación e investigación
de políticas, normas, prácticas y procedimientos e informes utilizados con el
fin de emitir una opinión profesional imparcial con respecto:
·
Eficiencia
en el uso de los recursos.
·
Validez de
la información
·
Efectividad
de los controles establecidos.
Auditoría gubernamental se fundamenta en:
·
Control de
gestión administrativo gubernamental
·
Distribución
de los recursos y la contratación administrativa
·
En revisar
y fiscalizar la corrupción en la administración
·
La
supervisón y control del cumplimiento de los programas de gobierno.
4.3.1-EL
AUDITOR O INVESTIGADOR
El objetivo del auditor es evaluar la eficiencia,
eficacia y la legalidad con que esta operando, por medio del señalamiento de
cursos alternativos de acción se tomen decisiones que permitan corregir los
errores, en caso de que existan.
“El auditor para ejercer le cargo debe tener amplios
conocimientos en el campo a auditar. Los
principios y las disposiciones legales vigentes, las normas internacionales de
auditoría, técnicas y procedimiento de auditoría a emplearse y experiencia en
la realización de estas labores. El
auditor debe estar altamente calificado para manejar la información y las
técnicas de análisis, revisar el proceso de control designado por la
administración, con el fin de:
·
Garantizar
la confiabilidad y la integridad de la información.
·
El
cumplimiento de las políticas y regulaciones.
·
Salvaguarda
los intereses económicos y la plena eficiencia de la utilización de los
recursos.
·
El
cumplimiento de metas y desafíos en el establecimiento de sistemas
operacionales de optimización administrativa.
·
Tiene
responsabilidad de comunicación directa con la Contraloría General de la
República en casos de detección de fraudes y otro delito.
·
Aplicación
de la ética, su profesionalismo, experiencia
ante sus propios intereses personales”[15].
4.3.2.
AUDITORIA FORENSE EN LOS EXPEDIENTES
La auditoría financiera se basa en razonabilidad de
los valores en los estados financieros.
La auditoría de gestión mide calidad administrativa
para conseguir las metas y los objetivos, mientras que la auditoría forense
tiene mayor profundida, porque además de ver los dos renglones anteriores establece responsabilidad individual porque
lo que su campo de investigación es más amplio.
El investigador puede ir ampliando el circulo de
personas naturales y jurídicas a investigar tales como familiares, amigos,
socios, sociedades o firmas que se puedan identificar mediante el análisis de
documentos como declaraciones de renta, extractos de cuentas bancarias,
escrituras de constitución de sociedades y de compra de bienes inmuebles, etc.
Pasos forenses característicos de la revisión:
·
Panorama de
diseño de las pérdidas potenciales del fraude basadas en debilidades
identificadas de control interno.
·
Identificar
equilibrio y relaciones cuestionables de
las cuentas entre las cuentas, para
analizar las variaciones.
·
Identificar
transacciones cuestionables, por ser muy altas o muy bajas, frecuentes, muy raras, pocas o
muchas.
·
Distinguir
los errores humanos de las omisiones.
Errores causados por ignorancia y errores intencionales.
·
Revisar de
forma cuestionables los documentos de las
transacciones por ejemplos facturas, denuncias, destrucción de datos,
clasificaciones irregulares de cuentas, irregularidades en secuencias de
documentos (ordenes de compra, cheques, talonarios de recibos etc...),
cantidad, precio, sustitución de copias por documentos originales.
·
Evidencia
que corroboren perdidas de activos.
·
Documentos
y reportes fraudes anteriores, reclamaciones de seguros entre otros.
4.3.3-
INVESTIGACION FORENSE
“La
investigación forense se auxilia de equipos para realizar la auditoría con un
amplio nivel técnico. Mencionamos
algunos de estos que pueden ser utilizados, pero en esta investigación no será
posible utilizar estas herramientas ya que las instituciones estatales no
poseen estos equipos, como es el caso del Ayuntamiento Municipal XX.
·
Fotografía
técnica forense
·
Huellas
dactilares
·
Pruebas de
caligrafía
·
Videograbadora
con cámara oculta selladas, con programación de tiempo y fecha.
·
Audiograbación
y verificación de voz.
·
Rastreo de
información en la memoria y archivos de los computadores.
·
Recuperación
de datos borrados del disco duros en los computadores.
El
software ACL es utilizado como herramienta de auditoría forense en la
detección de fraudes y delitos, con énfasis en el sistema bancario. “Allí es donde están interviniendo herramientas
como ACL –Audit Comand Language de ACL services con matriz en Vancouver, Canadá
en la ejecución de la obra.
Ellos auxilian con su programa a los
contadores forense a analizar y explotar minas casi interminables de datos
relacionados a un caso particular de muchos ambientes de Tecnología de
Informática. ACL puede leer casi
cualquier tipo de formato de banco de datos y puede exportar sus hallazgos a
una variedad de sistemas, incluso a los programas del análisis ligados”[16]
4.3.4-
RECOPILACION DE PRUEBAS Y EVIDENCIAS
“Si la auditoría forense es por orden Judicial, como
todo proceso de investigación debe estar avalado por las autoridades
competentes.
Una corte y un juez, la fiscaliza, departamento de
investigación policial, instituciones autorizadas por el gobierno para
investigaciones civiles o criminales y firmas de auditoría debidamente
acreditadas y certificada y calificaciones del investigador.
Factores de admisibilidad de pruebas o evidencias:
circunstanciales, testimoniales, documentales, físicas y técnicos
periciales. Para habilitar como pruebas
legales para acusación deben tener por lo menos tres de los cinco factores de
admisibilidad.
Prueba legales para acusación deben cumplir con los
siguientes requerimientos de ley:
·
Orden del
juez competente para investigar y recopilar evidencias.
·
Debe ser
obtenidas bajo un sistema técnico de investigación y planificación.
·
No haber
cometido errores o mala práctica por negligencia o inexperiencia.
·
Divulgación
de la información indiscreción o comentarios con personas comprometidas.
·
Mala
manipulación y contaminación de la evidencias, borrar información por descuido.
·
No deben
ser recopiladas en forma tendenciosa o maliciosa para incriminar a alguien.
·
No debe
obtener evidencia por un solo investigador.
·
Documentar
ampliamente pasos a paso los diferentes procedimientos encaminado a un
objetivo.
Las investigaciones especiales requieren habilidad
técnica, independencia, aspecto ético e
integridad que deben tener todas las auditorías”[17].
4.4.-
ETAPAS DE APLICACION DE LA AUDITORIA FORENSE.
Para la aplicación de las etapas de auditoría es
importante conocer el control interno de la entidad a investigar. “No hay
control interno eficiente si la organización no permite, entre otras cosas, una
evolución continua del personal y si no hay voluntad de realizar los ajustes
que se requieran cuando los objetivos de la organización no se estén cumpliendo
o se estén logrando con derroche, sin orden, ni transparencia, sin cumplir las
normas legales o los principios de eficiencia.
Hoy en día,
el control interno compromete a todos lo empleados con el mejoramiento de la
calidad de la gestión”[18].
4.4.1.-
EVALUACION PRELIMINAR DEL CONTROL INTERNO
En control interno abarca dos subsistemas:
·
Las normas
y procedimientos administrativos
·
La normas y
procedimientos financieros
Ambos tienen como objetivo fundamental, captar y
resumir los distintos eventos financieros y administrativos. El Ayuntamiento Municipal XX carece de un
sistema de control interno que permita producir informaciones económicas
objetivas y precisas, necesarias para tomar decisiones oportunas. Las políticas y normas administrativas de un
buen control interno no tienen aplicación, siendo la improvisación y las
decisiones discrecionales al común denominador.
En la evaluación del control interno se obtienen las
informaciones prácticas, que puedan determinar su conveniencia y efectividad
según los propósitos establecidos e identificar posibles debilidades de
suficiente importancia como para justificar el examen profundo. (Ver Anexo No.
2)
Control Gubernamental
“Es un proceso efectuado por el congreso por el
presidente, por los funcionarios y empleados de la administración pública,
diseñado para dar una seguridad razonable del cumplimiento de los objetivo, de
economisidad, eficiencia, eficacia legalidad, regularidad, exactitud, confianza
y transparencia.
La estructura y los sistema de control imperantes en
la República Dominicana son obsoletos, no garantizan el intereses de la
sociedad y fomentan la corrupción y el desperdicios de los recursos públicos.
La materia prima del control gubernamental esta en el
personal capacitado, motivado e integrado, en la integridad y en los valores
éticos y morales de los dirigentes administradores, en la existencia de una
adecuada estructura organizativa y un comité de vigilancia y evaluación.”[19]
4.4.2.-
PLANEACION
Debe desarrollarse cumpliendo una serie de pasos y
fases en orden lógico y secuencial, de manera que sea posible realizar la
auditoría eficientemente y cumplir con los objetivos de forma oportuna. Este
plan tiene un propósito fundamental es determinar que cada una de las fases se
deben cumplir en el transcurso de la investigación y establecer el
procedimiento a seguir.
El equipos a cargo de la auditoría del Ayuntamiento
Municipal XX, es muy importante entender
el propósito y cada procedimiento que se adopte debe encaminar hacia ese fin.
MEMORANDUN DE PLANIFICACION DE AUDITORIA FORENSE
Antecedentes
La
Contraloría General de la República Dominicana, cumpliendo con su plan de
auditoría realizó una auditoría de gestión que abarco el período
enero-diciembre del 1999. El informe
final de esta auditoría fue concluido en 6 meses.
·
Determinación
del proyecto a investigar
Todas las informaciones contenidas en esta
investigación son reales, por razones de seguridad se han omitido los nombres
de la institución, los funcionarios públicos implicados, los suplidores,
personas externas a la institución y los denunciantes.
Teniendo en cuenta que los delitos económicos tienen
una actividad y período determinado, lo que plantea ventajas como facilidades
en el trabajo.
Generalidades
Entidad:
Ayuntamiento Municipal XX
Fecha:
Enero-Diciembre 2000
Origen de
la auditoría: Grupo de moradores del municipio XX
·
Programa especifico de trabajo
Objetivo
General de la auditoría:
Lograr
evidencia suficiente competente y pertinente que tipifiquen la violación a las
leyes en los siguientes casos:
Ø
Emisión de cheques sin fondos
Ø
Subvaluacion de ingresos propios
Ø
Incumplimiento a las Leyes Sobre
Retenciones
Ø
Desembolsos con Soporte
Insuficientes
Estos
hechos tendrán la documentación soporte para ser utilizada por terceros que no conocen de sistema de operación de la
entidad.
Objetivos
Espeficicos:
Ø
Cuantificar y verificar la emisión
de RD$2,555,592.89 en cheques sin disponibilidad bancaría.
Ø
Describir la omisión de los
registros contables de los ingresos propios y el uso irregular del dinero no
entregado a la tesorería del municipio por un monto de RD$1,498.440.00
Ø
Cuantificar el incumpliento de
impuestos sobre retenciones según La ley
11-92 modificada por la Ley 147-00 del 1ero de enero 2000, bajo la relación de
funcionario y entidad equivalente a RD$102,749.52
Ø
Determinar el monto de los
desembolsos con soportes insuficientes con un valor de RD$349,900.00
·
Personal
Esta
Auditoría Forense requiere del servicio de 3 auditores y un supervisor. Para estos fines se designo:
1ro.
Supervisor: Elsa Peña
2do.
Encargado de Auditoría: Fanny Herrera
3ro.
Asistente de Auditoría dos: Dihorah Valdez
4to.
Asistente de Auditoría uno: Ludwig Anderson
·
Fuentes de información para la investigación
Obtener
mediante la aplicación de formatos datos completos y precisos sobre el hecho
ocurrido y soportarlo en documentos primarios. La información que se utilizará en el proceso debe ser solicitada de
forma ordenada, completa y oportuna.
La fuente de información que serán consultados en esta investigación son
las siguientes:
Ø Identificación de las personas
Ø Registros y controles que se tengan establecidos
Ø Establecer fuentes alternas con el propósito de
verificar en la cámara de comercio y otros tipos de entidades la legalidad de
los suplidores y empleados.
Ø Solicitud de información con el uso de formatos para
obtener datos completos y precisos, copia de documentos que soporten la
información.
El investigador puede ampliar él circulo de personas
jurídicas a investigar, tales como familiares, amigos, socios, sociedades o
firmas que se puedan identificar mediante el análisis de documentos como
declaraciones de renta, extractos de cuentas bancarias, escrituras de
constitución de sociedades y de compra de bienes inmuebles, entre otros.
Archivo y
control de documentos
Se prepara
un expediente con las copias de la documentación original recibida, estas
deberán contener la fecha de recepción y devolución de los mismos. Además existirán dos archivos:
Permanente:
Incluyen la base jurídica y las normas internas.
Corrientes:
Contenido papeles de trabajo que incluyen Cedulas sumarias, analíticas y
detalles con algunos documentos de soporte.
4.4.3.- ELABORACION PAPELES DE TRABAJOS
En esta Auditoría se seguirá el orden lógico de la
gestión, dado por las actividades principales y las áreas criticas examinadas
en profundidad, según el esquema determinado por la Contraloría General de la
República:
·
El índice de los papeles de trabajo se identificara
con letras siguientes :
Cheques sin disponibilidad AA
Subvaluación de ingresos BB
Incumplimientos como agente de
retención fiscal YY
Irregularidades en compra de
materiales MM
·
Marcas
aa =Sumaria comprobada
a = Suma según documentado
PPI = Papel
presentado por la entidad
HPT =Hoja principal de
trabajo
* =Comparado con el
documento original
·
Presupuesto
PRESUPUESTO DE MATERIALES A UTILIZAR
CANTIDAD
|
DESCRIPCIÓN
|
C/UNITARIO
|
TOTAL
|
20
|
Hojas de 12 Columnas
|
3.00
|
60.00
|
50
|
Hojas de 7 Columnas
|
3.00
|
150.00
|
10
|
Lapiz de Grapitos No. 2
|
2.35
|
23.50
|
3
|
Bolígrafos Tinta Azul
|
2.16
|
6.48
|
1
|
Goma de Borrar
|
10.00
|
10.00
|
2
|
Lápiz Encerado Color Rojo
|
3.00
|
6.00
|
30
|
Hojas 81/2 para Memorandun
|
1.00
|
30.00
|
2
|
Sacapuntas
|
5.00
|
10.00
|
50
|
Hojas Blancas 81/2 x 11
|
1.00
|
50.00
|
2
|
Rollos de Papel Sumadora
|
5.04
|
10.08
|
|
Gastos de viaje
|
|
1,200.00
|
|
Total
|
|
1,556.06
|
·
Cronograma de
actividades
CRONOGRAMA
DE ACTIVIDADES
Actividades
|
No. Auditores
|
H /Aud.
|
Total Horas
|
1) Presentación de Credenciales
|
4
|
2
|
8
|
2) Evaluación Preliminar de Control Interno
|
3
|
24
|
72
|
3) Planificación Auditoría
|
2
|
72
|
144
|
4) Elaboración Papeles de Trabajo
|
3
|
120
|
360
|
5) Elaboración de Borrador de Información
con sus hallazgos
|
3
|
40
|
120
|
6) Otros
|
3
|
16
|
48
|
·
Revisión y aprobación de lo papeles de trabajo
Para garantizar la calidad de la auditoría es necesario la revisión de
los papeles de trabajo la supervisión
asignado al equipo.
·
Confidencialidad de los papeles de trabajo
La naturaleza confidencial de algunos papeles de trabajo es una
condición de especial importancia debido al hecha de que su contenido revela el
alcance de la auditoría y la extensión y naturaleza de las pruebas aplicadas en
forma selectiva.
Esta naturaleza confidencial se mantiene durante el curso de la
auditoría y de manera permanente en los archivos de la entidad auditada. Bajo ninguna circunstancia, el auditor debe
divulgar el contenido de los papeles de trabajo, calificado de naturaleza
confidencial.
CAPITULO V
INFORME Y APORTES DE LA AUDITORIA FORENSE AL AYUNTAMIENTO MUNICPAL XX
“El Dr. Castillo, Marino Vinicio en su participación en el Congreso
del Instituto
de Contadores Públicos
Autorizados de la Rep. Dom.
(ICPARD), ante
la pregunta de un asistente
al panel de cuál es la
forma para combatir
o detener la corrupción, contestó “…Sólo creo
en el castigo penal y cuanto más alto más efecto tiene”
5.1-
INFORME FORENSE
“Las conclusiones del informe, por consiguiente, deben
basarse exclusivamente en las pruebas obtenidas y unificadas de acuerdo con las
normas internacionales de auditoría y bajo las parámetros de la investigación
legal”[20]
El Informe
Pericial
Las características que debe reunir un informe de
auditoría forense son:
Presentarse por escrito y estar claramente la
descripción de los hechos, objeto del peritazgo y deben distinguirse de los
pronósticos o conjetura, las operaciones técnicas realizadas, los principios
científicos en que se fundamenta, las conclusiones debidamente comprobadas y
sustentadas que servirán al juez para valorar las pruebas.
Requisitos
del informe
·
La prueba
debe haber sido decretada en forma legal.
·
El perito
debe ser una persona altamente capacitada para realizarla.
·
El acto
debe ser consiente, libre de coacción, violencia, dolo, cohecho o seducción.
·
No debe
existir norma legal que prohíba esta prueba.
El reto del proceso de auditoría consiste en permitir
lograr el mejoramiento de los índices de desempeño de las entidades auditadas”.[21]
GENERALIDADES
“Vistos los artículos No. 82, 83 y 84 de la constitución
de la República, así como la ley No. 3456 del año 1952, se considera, se crea y
se facultan los ayuntamientos, como una
entidad política y administrativa, dotada de personalidad jurídica, con
patrimonio propio y con capacidad para realizar todos los actos jurídicos que
fueren necesarios o Mes para el cumplimiento de sus fines, en la forma y con
las condiciones que la constitución y las leyes determinen, y así como vista la
ley No. 5622 del mes de Septiembre de 1952 sobre su autonomía.
Los ayuntamientos funcionan
administrativamente de acuerdo a lo establecido por la ley y queda constituido
por un órgano legislativo (sala capitular) y un órgano ejecutivo (la
sindicatura). La sala capitular, es la asamblea de regidores, cuya principal
característica es la función legislativa municipal, y es además responsable del
control y fiscalización en lo referente al área financiera y presupuestaria. Es
en ella donde debe descansar el proceso de toma de decisiones a través de
resoluciones por mayoría simple. La sindicatura, es el órgano ejecutivo del
gobierno municipal y es de carácter unipersonal
Esta representado por el
Síndico, que además de las responsabilidades políticas, tiene funciones
administrativas, siendo el responsable y portavoz del municipio de la sociedad”
En este sentido dirige y supervisa los trabajos municipales, la recaudación de
las rentas, la públicación de las resoluciones y ordenanzas municipales, así
como ordenar los pagos que efectué el tesorero municipal. Al mismo tiempo debe
proponer y elaborar el proyecto de presupuesto anual a presentar en la
asamblea”[22].
EVALUACION
DE CONTROL INTERNO
DEBILIDADES
El Ayuntamiento Municipal XX carece de un sistema de
control interno que permita producir informaciones economicas objetivas y
precisas, necesarias para tomar decisiones oportunas.
La evaluación del sistema de control interno fue
realizada mediante entrevista según cuestionario (Anexo No. 3 ). Se
tomaron en cuenta las siguientes debilidades:
Encargado
de Recursos Humanos
·
La
estructura organizacional formal esta sustituida por una estructura informal
que controla la unidad de Recursos Humanos, que maneja los servicios
personales, las compras de bienes y servicios y todos los desembolsos, sin
importar la naturaleza de las mismas.
·
El departamento
de Recursos Humanos no cumple adecuadamente con su función de agente de
retención, al no efectuar correctamente las retenciones de impuestos sobre la
renta a los funcionarios según la ley 11-92.
Encargados
de Dirección Financiera y Tesorería
·
El sistema
de control interno, no tiene aplicación en las más elementales decisiones y
acciones. El control financiero y
administrativo es tan limitado que tiene al Ayuntamiento Municipal sumergido en
una crisis de consecuencias impredecibles, con más de 2.5 millones de pesos en
cheques sin fondos en poder de comerciantes y relacionados.
·
Ingresos
por fuentes propias (tasas, impuestos, servicios y otros) no son captados cumpliendo los requerimientos de recibo
efectivo.
·
El
Ayuntamiento Municipal XX, carece de un plan estratégico con objetivos a
mediano y largo plazo que definan los desembolsos para los tres capítulos que
sobre la ley 17/97, deben ser: 30% servicios personales, 30% servicios
municipales y una 40% para el programa de inversiones.
HALLAZGOS
1. Emisión
de Cheques sin Fondos
Los libros presentan un saldo en rojo en las cuentas
bancarias al 30 de noviembre del 2000 de RD$2,603,238.12. Los cheques
emitidos sin disponibilidad bancaria son cambiados por 3 o 4
comerciantes o relacionados. Para el mes
de agosto, se comprobó que existían RD$2,555,592.89, en cheque sin fondo en
poder de algunos comerciantes y/o relacionados, dentro de los cuales se
identificaron a los señores:
Comerciantes
|
Montos RD$
|
Sr. Robert Jiméno (Padre)
|
1,678,430.31
|
Lic. Richard Jiméno (Hijo)
|
790,746.08
|
Sr. Alex Almonte
|
86,416.50
|
TOTAL
|
2,555,592.89
|
Como consecuencia de este hecho se producen varias
situaciones que contribuyen a distorsionar las informaciones administrativas y
financieras.
·
Desconfianza
a los cheques emitidos por el Ayuntamiento en la población.
·
Aumento de
los gastos operacionales con cargos de la entidad financiera por manejo inadecuado
de la cuentas.
·
Inconsistencia
en los registros contables, gasto de un período que se registran y pagan en
otro.
·
Violación a
la Ley de cheque No. 2859 de fecha 20 de julio de 1951.
·
Disminución
de los sueldos de los empleados y funcionarios al tener que pagar hasta el 20%
del salario para cambiar sus cheques.
Para que este hecho ocurriera fue realizado bajo la
responsabilidad del Síndico, Tesorero y las tres personas involucradas en el
proceso de cambio de los cheques. Este
acto viola la Ley No. 2859, del 30 de
abril de 1951 modificada por la ley 62-2000 del 3 de agosto del 2000, en los
Artículos 40,44,45,46, 66 y Art. 405 del Código Penal.(Ver Anexo No. 4 )
Acción
Propuesta #1
·
El Sindico
Municipal, debe proceder de inmediato a retirar esos cheques sin fondos y
realizar acuerdos de pago con los poseedores, previo al conocimiento y
aprobación de la Sala Capitular.
·
El Sindico
Municipal, que esa práctica no vuelva a repetirse por ser violatoria a las
leyes: civiles y penales contribuyendo al deterioro de la imagen pública que
debe tener la principal entidad de los municipios.
·
Proceder
legalmente contra el Sindico Municipal y Tesorero según lo establece la Ley de
cheques No. 2859, del 30 de Abril de 1951.
2. Subvaluación de ingresos propios
El Ayuntamiento Municipal XX tiene dos fuentes de fondos:
Fuentes Internas
Fuentes Externas Ley 17-97
Los ingresos por fuentes propias, se obtienen con poco
o ningún control, los inspectores, cobradores de arbitrio (tasa, impuestos,
servicios y otros) captan recursos en las calles y retienen lo cobrado por dos
y tres días y luego entregan por caja a la tesorería, sin determinar si el
monto entregado es correcto. Un buen
sistema de control interno obliga a que todos los cobros por arbitrio tengan que ser depositados todos los días
íntegramente en las cuentas corrientes correspondientes.
Como consecuencia de la falta de control en el cobro
de los arbitrio, se observa el comportamiento en tres grupos de fuentes
internas.
Rubros
|
S/ ENTIDAD
|
S/ AUDITORÍA
|
DIFERENCIA
|
Mercado y Hospedaje
|
141,096.00
|
1,139,400.00
|
998,304.00
|
Vallas y Letreros
|
93,470.00
|
336,000.00
|
242,530.00
|
Cementerio
|
18,000.00
|
23,040.00
|
5,040.00
|
TOTAL
|
252,566.00
|
1,498,440.00
|
1,245,874.00
|
Este hecho es penal con implicación civil porque pone
en riesgos el patrimonio de los
implicados, estos deben proceder a devolver el faltante. Notificar al
Procurador General de la República mediante comunicación y anexarle el
infome de auditoría.
Acción
Propuesta #2
·
Establecer
un sistema de control interno sobre los ingresos propios, que permita con ayuda
tecnológica una supervisión individual sobre cada contribuyente y un control
sobre lo ingreso que recauda cada inspector, asignándole área fija con rotación periódica, cada
inspector-cobrador debe tener talonarios
pre-numerados diariamente en la tesorería, los cuales deben coincidir con las
copias de los recibos en secuencias y a su cuadre.
·
Las Normas
Internacionales de Contabilidad (NICs) trazan las pautas de reconocimientos de
los ingresos y gastos, con le propósito de lograr un adecuado apareamiento
dentro de estos elementos básicos. Las
normas dejan bien claro que se reconocen los ingresos en le momento en que
estos ocurren. Esto se encuentra establecido en los párrafos 18, 19, 21, 22 de
la NIC’s No. 18 (Ver Anexo 5)
3.-
Incumplimiento a las Leyes Sobre Impuestos
Las entidades públicas y privadas son agente de
retención de la Dirección General de Impuestos Internos, la Ley 11-92
(Modificado por 147-00 del 1 Enero 2000) exceptúa de pago de impuestos a los
empleados que devengan un salario de hasta $8,566.00, se observa que a los
funcionarios y empleados con salario que tienen renta imponible no se hace la
debida retenciones, como son:
NOMBRES Y
APELLIDOS
|
PUESTO
|
SUELDO
|
DIETA
|
TOTAL RD$
|
IMPUESTO A
PAGAR S/LEY 11-92
|
Victorino Florentino
|
Sindico
|
30,000.00
|
6,000.00
|
36,000.00
|
5,930.93
|
Primero Fermín
|
Vicesindico
|
18,000.00
|
-
|
18,000.00
|
1,601.31
|
Hernan Rosado
|
Enc. Pers.
|
11,000.00
|
-
|
11,000.00
|
365.10
|
Maria Almeida
|
Tesorera
|
11,500.00
|
1,500.00
|
13,000.00
|
665.10
|
TOTAL
|
|
70,000.00
|
7,500.00
|
78,000.00
|
8,562.46
|
La deuda del año 2000 asciende a 8,562.46
X 12 = 102,749.52
El incumplimiento de la Ley 11-92 Según Capitulo II,
Artículos 8, 11 y Acápite IV Articulo 26 y 27 implica sanciones económicas
extraordinarias por multas, moras, recargos, y otros, tanto a la entidad que
debe hacer las retenciones, como al contribuyente directo, colocándolo a riesgo
de sanciones al Ayuntamiento Municipal XX. (Ver
Anexo No. 6)
Acción
Propuesta #3
·
El Sindico
Municipal, al Encargado de Personal y Encargado de Tesorería que se inicien las
deducciones de impuestos a los empleados que deben pagar según la Tabla de
Retención Mensual.
·
Que se
establezca un plan con los montos atrasados con la Dirección General de
Impuestos Internos local, a fin de ponerse al día con las deudas
correspondientes. Se procederá a enviar una comunicación a la Dirección General
de Impuestos Internos informándoles las irregularidades en el proceso de retención. Ver Capitulo II,
Art. 11 de la misma Ley y Art 309 (Ver Anexo No. 7).
4.- Desembolso
con Soportes Insuficientes
Al verificar las facturas sin número por compra de
materiales, se observa que existen distintos suplidores con la misma letra y
formato de factura, en la mayoría ilegible y sin especificaciones de quien y en
que lugar fue recibido.
Fecha
|
Beneficiario
|
Valor
|
Concepto
|
03-7-00
|
Ferretería Cocodrilo
|
124,000.00
|
Tirado Materiales
|
31-07-00
|
Ferretería Aventura
|
165,900.00
|
Tirado Materiales
|
31-07-00
|
Ferretería El Progreso
|
60,000.00
|
Tirado Materiales
|
|
Total
|
349,900.00
|
|
Las normas de control internos, requieren que las
compras y recibos de bienes adquiridos deben tener como soporte cotizaciones,
orden de compras, facturas y otros documentos auténticos, que garanticen un
desembolso basado en evidencias que respondan a la materialidad del evento
económico.
Esta modalidad de pago genera duda sobre autenticidad
de las operaciones, ya que la misma carece de espeficaciones verificables.
Acción
Propuesta #4
·
El Sindico
y a la Tesorera Municipal, que cada desembolso realizado debe cumplir con la
documentación soporte original y aprobatorio de la autenticidad de la operación
económica que origino el pago, garantizando que los intereses del cabildo estén
preservados.
·
La
violación a estas normas y procedimientos de control interno, contribuyen a
crear las condiciones de fraude individual o en cadena en contra de los bienes
de la municipalidad.
·
Formular y
aplicar un manual de procedimiento administrativo y contable sobre la base de
una estructura organizacional que pueda aplicar los cambios necesarios par
alcanzar un sistema de control interno adecuado.
4.2.-APORTES
La Auditoría, ha venido desarrollándose en distintos
campos lo que ha permitido identificar mejores prácticas de auditoría
gubernamental, que contribuyen a mejorar el desenvolvimiento del auditor, como
es el caso de la Auditoría Forense.
A diferencia de otras Auditorías utilizadas en el
sector gubernamental, que se encargan de revisar si las operaciones de la
entidad auditada están acorde con los objetivos de las mismas y si los estados
presentan razonablemente las informaciones financiera, esto es de suma importancia ya que existen
muchos sectores de riesgos que deben ser controlados en las instituciones, para
lo cual la auditoría gubernamental promueve recomendaciones para la creación o
aplicación de procedimientos que ayuden con el control administrativo, de esta forma corregir su planificación y
alcanzar los objetivos.
La auditoría
forense en cambio identifica los
responsables de cada acción y comunica a las entidades competentes las
violaciones encontradas. Como reflejo de
esta actividad se obtiene un valor agregado, en los siguientes aspectos, según
la auditoría aplicada al Ayuntamiento Municipal XX.
·
En la lucha
contra la corrupción
En los problemas de corrupción
también se infringe la ley, se debe evitar que los culpables del actos queden impune, es importante facilitar los
medios técnicos válidos que faciliten a
las justicia actuar con mayor certeza.
·
Valor
agregados para los procesos operativos
Esto se refiere al aspecto de
aplicación legal, si los problemas no son evaluados convenientemente, los
efectos son los mismos, y no es posible alcanzar la eficiencia sin acciones
coordinadas a desaparecer la falta de un adecuados sistemas de controles internos.
·
Transparencia
en las operaciones
Partiendo de los actos de corrupción,
la falta de aplicación de la justicia,
con sus efectos muy visible que afectan a la población, que se ve
limitada en los servicios que requiere.
Al mejorar la práctica de la
auditoría gubernamental se puede optimizar la gestión administrativa.
·
Credibilidad
de los funcionarios e instituciones públicas.
Que los funcionarios corruptos sean castigados,
exigiéndoles rendiciones de cuentas ante una autoridad superior, de los fondos
y bienes del Estado que se encuentran a su cargo. Si es mejorada la
administración pública más personal capacitado y honesto desearan optar por
estos cargos. Por tal razón se debe acelerar el proceso de aplicación de
reforma al Estado en especial a los
ayuntamientos.
CONCLUSION
La auditoría gubernamental ha planteado muchas
prácticas con resultados positivos para quienes la ejecutaron, sin embargo
tomando como base las condiciones y
necesidades del sector público, se puede concluir que la auditoría forense,
como un apoyo técnico para la auditoría gubernamental es más eficaz en la preservación del patrimonio del Estado, en
esencia, la práctica que podría dar las mejores oportunidades para un aporte
más positivo en materia de mejorar la administración pública.
La problemática que enfrentan los países con la
corrupción en el Estado, el aumento de la pobreza, la falta de obras de
infraestructura etc. Son razones de suficiente peso para que los sistemas
obsoletos que no permiten disponer de mejores controles en la administración del Estado sean corregidos,
a través de programas de modernización, para
mejorar la revisión del manejo de los recursos estatales.
Ante las suposiciones de actos fraudulentos es
necesaria una participación más efectiva de la auditoría gubernamental, por
esto surge la Auditoría Forense que viene a fortalecer las instituciones
públicas, al procurar disuadir las prácticas deshonestas promoviendo la
responsabilidad y la transparencia fiscal.
En el desarrollo de la parte práctica de esta
investigación, se aplicaron las etapas de la auditoría forense a una
institución descentralizada del Estado, el Ayuntamiento XX, revisando algunas
de las áreas que componen la administración municipal como son: Recursos
Humanos, Dirección Financiera y Tesorería. En estas áreas fueron encontrados
los siguientes hallazgos: emisión de cheques sin fondos,
subvaluacion de ingresos propios, incumplimiento a las leyes sobre retenciones
de impuestos y desembolsos con Soporte Insuficientes.
El informe y conceptos finales fueron elaborados
acorde a la normativa de auditoría, emitiendo una opinión sobre las operaciones
del Ayuntamiento XX de forma clara, concreta y recomendando acciones. El limite del informe esta en la definición
de qué no debe decirse, por ser una entidad estatal, para evitar posibles
conflictos legales a los sustentantes de esta investigación.
La corrupción siempre ha estado favorecida por la
impunidad, por esto ha sido imposible detenerla, ocupar un cargos público es oportunidad de
enriquecerse de manera fácil. En estos
casos la aplicación de la justicia se encuentra muy cuestionadas, ya que un
individuo común es juzgado, pero si se trata de un político o ciudadano
acaudalado, el proceso queda en suspenso
y nunca se termina de condenar a los culpables.
Este aspecto es de mucha trascendencia ya que los logros de la auditoría
forense dependerá de la credibilidad de las instituciones que deben concluir el
proceso.
Los oportes más significativos de la autoría Forense
encontrados en esta investigacion son:
la lucha contra la corrupción, valor agregados para los proceso
operativos, transparencia en las operaciones credibilidad de los funcionarios e
instituciones públicas.
La Contraloría General de la República como organismo
superior de auditoría y control es quien debe ejercer esta auditoría, en los
casos que necesiten pruebas para la aplicación de la justicia. Estos informes con sus evidencias legales
deben ser enviados a la Procuraduría General de La República, para que esta a
su vez la remita al Procurador Fiscal correspondiente.
El combate de la corrupción no es un aspecto aislado,
ni responsabilidad de unos pocos, por esto deben plantearse programas
nacionales de lucha contra la corrupción y comisiones de investigación. La experiencia colombiana respecto a la
auditoría forense fue la creación de un instituto descentralizado con personal
técnico altamente capacitado, logrando disminuir considerablemente los niveles
de corrupción.
La creación de estas instituciones debe estar
compuestas por técnicos especializados en distintas ramas del conocimiento como
auditores, abogados, policía judicial entre otros, que puedan realizar
investigaciones, análisis de informaciones, técnicas criminalisticas,
recopilación de pruebas y evidencia legales, declaraciones, testimonios
certificados y juramentados, con estas informaciones preparar y habilitar
pruebas para presentar ante la corte civil o penal estas herramientas de
fiscalización aportadas por auditoría forense para disminuir la corrupción.
BIBLIOGRAFIA
Cashin,
James A.; Newirth, Paul D.; Levy John S. Enciclopedia
de Auditoría. España: Editora Océano Centrum, 2000
Cepeda Alfonso, Gustavo. Auditoría y Control Interno. Santo Domingo, Editora Corripio
C. Por A. 1997.
Hernández Sampieri, Roberto.; Fernández Collado,
Carlos y Baptista Lucio, Pilar. Metodología
de la Investigación. México:
2da. Edición Macgraw-Hill Interamericana Editores, S.A. 1998.
Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Normas Internacionales de Auditoría
(NIA’s). México: 4ta. Edición 1997
Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Normas Internacionales de Contabilidad
(NIC’s). México: 4ta. Edición 1997
Méndez A. Carlos E. Metodología . Colombia, Bogota: 2da Edición: Magraw-Hill Internacional, S.A.,
1995.
República Dominicana, Contraloría General de la
República Dominicana. Sistema de
Contabilidad Gubernamental, Santo Domingo: Edición Alfa & Omega,
1997. 5-7p.
República Dominicana, Contraloría General de la
República Dominicana, Normas Internas
de Auditoría Gubernamental, Santo Domingo: Edición Alfa & Omega,
1997, 4p.
República Dominicana,
Contraloría General de la República Dominicana, VI Seminario Latinoamericano de Contadores y Auditores (SELACA),
Santo Domingo: Editora Corripio C. por A. 2001, 221p.
República Dominicana, Contraloría General de la
República. Aspectos Básicos de la
Contabilidad y Auditoría Municipal, Santo Domingo: Editora de Luxes, S.A. 2000.
13-17 p.
República Dominicana, Instituto de Contadores Público
Autorizados de la República Dominicana (ICPARD). La Corrupción Gubernamental.
Santo Domingo: Editora Servicios Gráficos Integrados, 1987. 195p.
República Dominicana, Dirección General de Impuestos
Internos. Codigo Tributario de la
República Dominicana. Santo
Domingo: Editora Corripio C. por A. 2000 4-7p.
Silei Gaton, Jose A. Instituciones de Derecho Público. Santo
Domingo: Editora Centenario.1999 565.p
Soriano Guzmán, Genaro.
“Control Gubernamental” Contaduría (Santo Domingo): 19 (2000), 6p.
Waldis Taveras. Legislación Municipal de la República
Dominicana. Santo Domingo: Editora Corripio, C. Por A. 1997
Whittington, Ray y Pany Kart, Auditoría Un Enfoque Integral. Colombia, Bogota: Edición:
Magraw-Hill Internacional, S.A., 1999. 9p.
INTERNET
http://www.contraloria.gov.do/
http://www.respondanet.com/spanish/admin.financiera/auditoría/smithp1/repdomin/do05.pdt
http://www.respondanet.com/RD/actuales/gobierno/plan_nacional.pdf
ANEXO
CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO
GENERALIDADES
1. Nombre de la empresa
|
|
2. Domicilio y teléfono, planta y oficinas
|
|
3. Nombre de los principales funcionarios
y
el nombre especifico a quien debamos
dirigir nuestro propuesta
|
|
4. Objetivo del Ayuntamiento
|
|
5. Capital Social, numero de acciones, valor nominal,
clases de las mismas
|
|
6. Fecha de terminación de su ejercicio
social.
|
|
7. Numero de:
I.M.S.S.
Registro estatal ( En su
caso )
|
|
8. Nombres de los principales Regidores
|
|
9. Créditos bancarios o de cualquier otra
índole que haya obtenido
durante los
últimos 3 anos
|
|
10.¿Qué relaciones ha tenido la institución
con otros despachos de
contadores
Públicos? Indicar clase de servicio ha
recibido y de que despacho o
contador público
|
|
11. ¿Existe
realmente una división adecuada de las
atribuciones de mando y responsabilidades?
¿Esta
de definida claramente por medio de
graficas
manuales, etc.?
|
|
12. ¿Existe un sistema de autorización y
procedimiento de registro que
garantice un control razonable del
activo, el pasivo, los ingresos y los
desembolsos?
|
|
13. ¿Son aparentemente adecuados los
métodos el registro, ya sean
electrónicos, mecánicos o manuales
|
|
15. ¿Es en general competente el personal de
la
empresa y da la impresión de comprender el
cumplimiento de las practicas y políticas
establecidas.
|
|
16. ¿Se dispone de auditores internos? ¿Al
menos
empleados responsables revisan la observancia los
procedimientos y políticas; funcionarios
independientes de quienes daban aplicar dichos
procedimientos
|
|
Contabilidad
17. Listar libros de contabilidad en uso,
verificar
que se encuentren autorizados.
|
|
18. ¿Existe un catalogo de cuentas en uso?
|
|
19. ¿Existe un sistema definido de costos?
|
|
20. En caso de ser afirmativa la pregunta
anterior,
señala brevemente de que clase de sistema se
trata.
|
|
21. ¿ Se Concilian los auxiliares contra las
cuentas
de mayor?
|
|
22. ¿Se preparan relaciones analíticas de
los
auxiliares.
|
|
23. Indicar que equipo de cómputo utiliza.
¿Cuál
es el sistema de contabilidad y sus principales
características
|
|
24. ¿Cómo esta integrado el personal de
contabilidad?
|
|
25. Obtener del personal del departamento de
contabilidad y otro que intervenga en el
registro de las operaciones de la empresa, un
detalle de las labores que realizan y formas que
usan
|
|
26. Lista de las cuentas de bancos que
maneja la
compañía y su uso
|
|
27. Señalar, aproximadamente, movimientos
mensuales de :
a)
Cheques
b)
Pólizas de diario
c)
Póliza de ingresos
d)
Facturas
e)
Vales de entrada de almacén
f)
Vales de Salida de almacén
g)
Facturas de proveedores o
remisiones
h)
Nota de crédito
i)
Pedidos por Compras
|
|
28. Señalar numero aproximado de :
a)
Cuentas de Clientes
b)
Cuentas de documentos por Cobrar
c)
Otras cuentas por cobrar
|
|
29. ¿Existe un adecuado control sobre
acumulaciones para efectos del I.S.R.
productos del trabajo
|
|
Situación
actual de:
A.
CONTABLE
30. Fecha de sus últimos estados
financieros
Situación actual
Diario
Mayor
Actas
Registro de la cuenta de Utilidad Fiscal
Neta
Registro de aumentos y disminuciones
De
Capital (En su caso)
|
|
31. Señalar fecha de:
a)
Ultimas conciliaciones Bancarias
b)
Ultimo recuento físico de
mercancías
c)
Ultimo recuento físico de
activos fijos
|
|
d)
Ultimas conciliaciones con sus
Principales
cuentas de clientes y
Proveedores
|
|
B.
FISCAL
32. Señalar las fechas de presentación de
las
ultimas declaraciones de impuesto:
a) Retenciones del ISR
|
|
PARA
SER CONTESTADO POR EL ENCARGADO DE LA
INVESTIGACIÓN
Opinión sobre la situación
contable y administrativa: La entidad carece de un
sistema de controles internos tanto financiero como administrativo.
Problemas importantes
observados: más de 2 Millones de Cheques sin fondos,
ingresos propios no registrados, compras de materiales sin documentos,
incumplimientos fiscal.
¿Qué servicios profesionales son
convenientes para el ayuntamiento? Controlar los servicios de un técnico en
organización y método que pueda formular un proyecto de Sistema de Control
Interno y de la estructura organizacional.
Señor
Sindico Municipal
Ayuntamiento
Municipal XX
Presentamos a usted, los auditores que
realizarán un proceso de fiscalización, atendiendo denuncias de irregularidades
de un comité de Ciudadanos del municipio XX.
Esta Auditoría Forense se concentrará en 4
áreas fundamentales:
Emisión de cheques sin fondos
Subvaluación de ingresos propios
Incumplimiento a las Leyes Sobre Retenciones
Desembolsos con Soporte Insuficientes
Estos auditores son:
1ro. Supervisor: Elsa Peña
2do. Encargado de Auditoría: Fanny Herrera
3ro. Asistente de Auditoría dos: Dihorah
Valdez
4to. Asistente de Auditoría uno: Ludwig
Anderson
Atentamente,
Director de
Auditores
Contraloría
General de la República Dominicana
[1] República Dominicana, Instituto de Contadores Público Autorizados de la
República Dominicana (ICPARD). La
Corrupción Gubernamental. Santo Domingo: ed. Servicios Gráficos Integrados,
1987. p.195
2 República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, IV Seminario Latinoamericano de
Contadores y Auditores (SELACA)
“Por un Servicio Profesional de Alta Calidad”, Santo Domingo: Editora Corripio,
C. Por A. 2001, P.223.
3 República Dominicana,
Contraloría General de la República Dominicana, VI Seminario Latinoamericano de Contadores y Auditores (SELACA),
Santo Domingo: Editora Corripio C. por A. 2001, p.215
4 República Dominicana,
Contraloría General de la República Dominicana, , Op. Cit.215 (Citada
2da. Vez)
5 Cashin, James A.; Newirth, Paul D.; Levy John S. Enciclopedia de Auditoría. España: Editora Océano Centrum, 2000 p.120
[2]Whittington, Ray y Pany Kart, Auditoría Un Enfoque Integral. Colombia, Bogota: Edición:
Magraw-Hill Internacional, S.A., 1999.p. 9
[3] República Dominicana, Instituto de Contadores Público
Autorizados de la República Dominicana (ICPARD). La Corrupción Gubernamental.
Santo Domingo: Editora Servicios Gráficos Integrados, 1987. p.195.
[4] Whittington, Ray y Pany Kart, Auditoría Un Enfoque Integral. Colombia, Bogota: Edición:
Magraw-Hill Internacional, S.A., 1999. p.10
[5] Whittington, Ray y Pany Kart, Auditoría
Un Enfoque Integral. Colombia,
Bogota: Edición: Magraw-Hill Internacional, S.A., 1999. p.7 CRF
[6]República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, IV Seminario Latinoamericano de Contadores y
Auditores (SELACA) “Por un Servicio
Profesional de Alta Calidad”, Santo Domingo: Editora Corripio, C. Por
A. 2001, p.217
[7] República Dominicana, Contraloría
General de la República Dominicana, Normas
Internas de Auditoría Gubernamental, Santo Domingo: Edición Alfa &
Omega, 1997, p.4 CRF
[8]
República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, Normas Internas de Auditoría
Gubernamental, Santo Domingo: Edición Alfa & Omega, 1997, p.4 CRF
[10] República Dominicana, Contraloría General de la
República Dominicana, Normas Internas
de Auditoría Gubernamental, Santo Domingo: Edición Alfa & Omega,
1997, p.4 CRF
[12]
http://www.contraloria.gov.do/ CRF
[13] Silei Gaton, Jose A. Instituciones
de Derecho Público. Santo Domingo: Editora Centenario.1999 p.565 CRF
[14] República Dominicana, Contraloría General de la República. Aspectos Básicos de la Contabilidad y
Auditoría Municipal, Santo
Domingo: Editora de Luxes, S.A. 2000. p.13-17 CRF
[15] República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, IV Seminario Latinoamericano de Contadores y
Auditores (SELACA) “Por un Servicio
Profesional de Alta Calidad”, Santo Domingo: Editora Corripio, C. Por
A. 2001, p.226 CRF
[16] República Dominicana, Contraloría General de la Rep. Dominica, VI Seminario Latinoamericana de
Contadores y Auditores, Tecnología, Riesgos y Control, Sto. Dgo.: Editora
Corripio, C. por A. 2002, p.241.
[17] República Dominicana, Contraloría General de la Rep. Dominica, VI Seminario Latinoamericana de
Contadores y Auditores, Tecnología, Riesgos y Control, Sto. Dgo.:
Editora Corripio, C. por A. 2002, p.243
[18] Cepeda Alfonso, Gustavo. Auditoría y Control Interno. Santo Domingo, Editora Corripio
C. Por A. 1997. p.7
[19] Soriano Guzmán, Genaro. “Control
Gubernamental” Contaduría (Santo Domingo): 19 (2000), p.6
CRF
[20] República Dominicana, Contraloría General de la Rep. Dominica, VI Seminario Latinoamericana de
Contadores y Auditores, Tecnología, Riesgos y Control, Sto. Dgo.: Editora Corripio, C. por A. 2002, p.243 CRF
[21] República Dominicana, Contraloría General de la República Dominicana, IV Seminario Latinoamericano de Contadores
y Auditores (SELACA) “Por un Servicio
Profesional de Alta Calidad”, Santo Domingo: Editora Corripio, C. Por
A. 2001, p.223 CRF
[22] Waldis Taveras. Legislación
Municipal de la República Dominicana. Santo Domingo: Editora Corripio,
C. Por A. 1997 CRF
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